CON EL NOMBRAMIENTO DE JUAN NEGRONI Y OTROS JÓVENES
COLEGAS EN IMPORTANTES CARGOS DEL ÁREA ACADÉMICA
PARECIERA QUE SE INTENTA INICIAR UNA NUEVA ETAPA
EN LA TRANSICIÓN POLÍTICA DE LA UTEM
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Luego que el colega Hector Pinto viera que sus posibilidades de acción , junto a la Rectoría subrogante, estaban agotadas, optó por presentar su renuncia y dar la pasada para que un grupo de jóvenes colegas, sin mayores compromisos con las estructuras de poder establecidas, y con algún piso académico propio, se lanzaran a la arena política interna implementando acciones, aunque obvias, altamente riesgosas.
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Es posible, que la poca experticia política de este nuevo equipo académico haya contribuido a que se atrevieran a lanzarse en picada a golpear el corazón de los tradicionales feudos académicos, o quizás, un cálculo diferente, basado en la necesidad urgente de romper el empate de fuerzas actual y la posibilidad de introducir nuevamente la fuerza del movimieno estudiantil, además del apoyo de las autoridades de gobierno, haya determinado la dictación de la última Resolución emanada de la Vicerrectoría Académica, y que ha desatado una seguidilla de declaraciones y reuniones.
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Quien quiera que lea con cuidado los resultados electorales de la UTEM, desde 1990 hacia adelante, puede observar que el poder de los feudos académicos descansa en el control del profesor "a contrata anual o semestral", que se mantiene en su cargo gracias a la "buena voluntad" del grupo controlador del feudo .
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Obviamente, esa buena voluntad depende básicamente en la mayoría de los casos de la buena disposición del colega "a contrata" para seguir votando de acuerdo a las instrucciones que recibe discretamente (a veces, no tan discretamente) de los encargados electorales de cada unidad.
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Sin embargo, esa estrategia de control del poder la ha financiado la universidad pagando el costo, en varios casos, con una calidad académica menguada, que ha rebotado y rebotará en el proceso de Acreditación y en el prestigio de su cuerpo académico ante sus alumnos..
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Esa situación, que no se notó demasiado en el proceso anterior debido al escándalo de Criminalística y de las otras Sociedades Anónimas, junto a la crisis financiera institucional, dificilmente pasará desapercibida en el próximo proceso de acreditación, puesto que desaparecido el Sr. Avendaño del escenario, el foco de la atención de la Comisión Acreditadora se centrará en los rendimientos de su cuerpo académico estable.
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En conclusión, los intentos de intervención de la Vicerrectoría en los ámbitos de las Facultades, tal como lo señala la declaración de la Fac. de Humanidades, contradiciendo al parecer lo que hubiera sostenido el Sr. Decano de esa Facultad en el último Consejo Académico, podría resultar exitoso si la Vicerrectoría suma fuerzas con el movimiento estudiantil, pues debiera darse por descontado que cuentan con el apoyo irrestricto del Consorcio de Universidades Estatales y de la Sra. Ministra de Educación para este efecto.
(EN DESARROLLO)
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ACTA DE ACUERDO
FACULTAD DE HUMANIDADES Y
TECNOLOGÍAS DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL
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1.- Con fechas 30 y 31 de diciembre de 2008, el Consejo de la Facultad de Humanidades y Tecnologías de la Comunicación Social, ha acordado abstenerse de nombrar un representante académico ante la comisión creada por resolución exenta Nº 06392 de fecha 29 de diciembre de 2008, Comisión Especial de Apoyo a la Vicerrectoría Académica, para la evaluación de los casos especiales de contratación académica para el periodo 2009.
2.- Su acuerdo se fundamenta en los siguientes considerandos:
a) Con fecha 19 de diciembre de 2008, este cuerpo colegiado, en nota dirigida al señor Vicerrector Académico, se pronunció en contra de la mencionada medida, por considerarla arbitraria, puesto que no interpretaba fielmente el acuerdo del Consejo Superior.
b) Esta nota no ha sido contestada hasta este momento, lo que para este Consejo representa un lamentable acto de desdeño hacia la máxima autoridad colegiada de nuestra Facultad.
c) Nuevamente, con fecha 22 de diciembre de 2008, este Consejo, por la unanimidad de sus miembros, acuerda remitir una carta a la señora Rectora, solicitando la revocación de la medida, la cual tampoco ha tenido respuesta.
d) La creación de la Comisión en comento vulnera las disposiciones reglamentarias, establecidas mediante el Decreto Nº 232, que cuenta con la Toma de Razón de la Contraloría General de la República.
e) En dicho Decreto se especifican claramente los procedimientos a seguir para la contratación del personal docente, los cuales están establecidos en los artículos siguientes:
1) Atribuciones del Director del Departamento: Art. 21 letras j), m).
2) Atribuciones del Director de Escuela: Art. 25 letras h) o)
3) Atribuciones del Decano: Art.5° letras a), d), h), k),n).
f) Por otra parte, en el mismo Decreto 232, en el Título II, Art. 5°, letra h) se señala que una de las atribuciones del Consejo Superior es “fijar las políticas de designación, contratación y remuneraciones del personal,...”; lo que fue refrendado con el acuerdo de este organismo, expresado en que “el ingreso de los académicos a la actividad docente debe ajustarse a los requisitos mencionados”, en ningún caso se especifica que sea válido para la renovación de las contratas.
g) La aplicación de la medida en los términos que la Vicerrectoría Académica lo exige, tendría implicancias imprevisibles si se consideran los datos que el Informe de Autoevaluación Institucional 2007 contiene en su página 35, relativo a los grados académicos del personal docente:
Total Académicos Jornada Completa: 269
Doctores: 41
Magíster: 109
Licenciados: 119
Académicos Media Jornada: 39
Doctores: 0
Magíster: 18
Licenciados: 21
Total Académicos Jornada Parcial: 406
Doctores: 14
Magíster: 62
Licenciados: 330
El total de académicos, a esa fecha, era de 714 personas y de ellas un 65,8% no tenía postgrados. Considerando estas cifras, no resulta pertinente referirse a “situaciones de excepción” o “casos especiales” de contratación académica, según lo expresado en la Resolución Nº 06392.
En consecuencia, el Consejo de la Facultad de Humanidades y Tecnologías de la Comunicación Social ha estimado improcedente la creación de dicha Comisión.
Este Consejo está motivado por el mayor espíritu de liderazgo Consejo de Facultad de Humanidades y Tecnologías de la Comunicación Social.
constructivo y la mayor consideración hacia todo el cuerpo académico de nuestra Universidad, por tanto solicitamos a las autoridades la comprensión para reconsiderar estas medidas.
Atentamente
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1.- Con fechas 30 y 31 de diciembre de 2008, el Consejo de la Facultad de Humanidades y Tecnologías de la Comunicación Social, ha acordado abstenerse de nombrar un representante académico ante la comisión creada por resolución exenta Nº 06392 de fecha 29 de diciembre de 2008, Comisión Especial de Apoyo a la Vicerrectoría Académica, para la evaluación de los casos especiales de contratación académica para el periodo 2009.
2.- Su acuerdo se fundamenta en los siguientes considerandos:
a) Con fecha 19 de diciembre de 2008, este cuerpo colegiado, en nota dirigida al señor Vicerrector Académico, se pronunció en contra de la mencionada medida, por considerarla arbitraria, puesto que no interpretaba fielmente el acuerdo del Consejo Superior.
b) Esta nota no ha sido contestada hasta este momento, lo que para este Consejo representa un lamentable acto de desdeño hacia la máxima autoridad colegiada de nuestra Facultad.
c) Nuevamente, con fecha 22 de diciembre de 2008, este Consejo, por la unanimidad de sus miembros, acuerda remitir una carta a la señora Rectora, solicitando la revocación de la medida, la cual tampoco ha tenido respuesta.
d) La creación de la Comisión en comento vulnera las disposiciones reglamentarias, establecidas mediante el Decreto Nº 232, que cuenta con la Toma de Razón de la Contraloría General de la República.
e) En dicho Decreto se especifican claramente los procedimientos a seguir para la contratación del personal docente, los cuales están establecidos en los artículos siguientes:
1) Atribuciones del Director del Departamento: Art. 21 letras j), m).
2) Atribuciones del Director de Escuela: Art. 25 letras h) o)
3) Atribuciones del Decano: Art.5° letras a), d), h), k),n).
f) Por otra parte, en el mismo Decreto 232, en el Título II, Art. 5°, letra h) se señala que una de las atribuciones del Consejo Superior es “fijar las políticas de designación, contratación y remuneraciones del personal,...”; lo que fue refrendado con el acuerdo de este organismo, expresado en que “el ingreso de los académicos a la actividad docente debe ajustarse a los requisitos mencionados”, en ningún caso se especifica que sea válido para la renovación de las contratas.
g) La aplicación de la medida en los términos que la Vicerrectoría Académica lo exige, tendría implicancias imprevisibles si se consideran los datos que el Informe de Autoevaluación Institucional 2007 contiene en su página 35, relativo a los grados académicos del personal docente:
Total Académicos Jornada Completa: 269
Doctores: 41
Magíster: 109
Licenciados: 119
Académicos Media Jornada: 39
Doctores: 0
Magíster: 18
Licenciados: 21
Total Académicos Jornada Parcial: 406
Doctores: 14
Magíster: 62
Licenciados: 330
El total de académicos, a esa fecha, era de 714 personas y de ellas un 65,8% no tenía postgrados. Considerando estas cifras, no resulta pertinente referirse a “situaciones de excepción” o “casos especiales” de contratación académica, según lo expresado en la Resolución Nº 06392.
En consecuencia, el Consejo de la Facultad de Humanidades y Tecnologías de la Comunicación Social ha estimado improcedente la creación de dicha Comisión.
Este Consejo está motivado por el mayor espíritu de liderazgo Consejo de Facultad de Humanidades y Tecnologías de la Comunicación Social.
constructivo y la mayor consideración hacia todo el cuerpo académico de nuestra Universidad, por tanto solicitamos a las autoridades la comprensión para reconsiderar estas medidas.
Atentamente

Santiago Time