sábado, 16 de enero de 2010

EL SECRETO DEL SUMARIO

ANTE NUMEROSAS CONSULTAS RECIBIDAS EN RELACIÓN A NOTIFICACIONES REALIZADAS POR LOS FISCALES A CARGO DE LOS NUMEROSOS SUMARIOS QUE SE INSTRUYEN ACTUALMENTE EN LA UTEM, SÓLO PUEDEN INFORMAR LOS AFECTADOS A QUIENES ELLOS ESTIMEN CONVENIENTE.
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DESDE LA NOTIFICACIÓN DEL FISCAL EXISTEN PLAZOS PREDETERMINADOS PARA PRESENTAR DESCARGOS A LA LUZ DEL CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN Y DE TODOS LOS DOCUMENTOS QUE RESPALDAN LA SENTENCIA QUE SE PROPONE AL RECTOR .
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HABIENDO ANALIZADO LOS DESCARGOS EL FISCAL PROPONDRÁ AL RECTOR UNA SANCIÓN EN CASO QUE ASÍ LO ESTIME.
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DICHA SANCIÓN PODRÁ SER MODIFICADA POR EL RECTOR Y SER APELADA DIRECTAMENTE A ÉL, QUIEN PARA ESTE EFECTO ACTÚA COMO JUEZ.

viernes, 15 de enero de 2010

EL CONSEJO SUPERIOR EN MARZO

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DADO QUE AL MENOS DOS CONSEJEROS ACADÉMICOS SE ACOGERÁN A JUBILACIÓN EN MARZO Y QUE EL CAMBIO DE GOBIERNO SUPONE UN POSIBLE CAMBIO DE REPRESENTANTES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, LA UTEM DEBERÁ ENFRENTAR LAS MÚLTIPLES DIFICULTADES QUE SE AVECINAN CON UN CONSEJO SUPERIOR MUY DEBILITADO.
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Esta instancia de gobierno universitaria, pese a todas sus debilidades estructurales y estatutarias, tal como lo señala su nombre de CONSEJO y no de JUNTA DIRECTIVA como se denominaba antes (cuyas principales funciones sólo se pueden ejercer a proposición del Rector y otras requieren de un altísimo Quorum Calificado), es prácticamente la única instancia de contrapeso de las atribuciones rectoriales.
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En consecuencia, los colegas deberán empezar con tiempo a prepararse para elegir sus reemplazantes, y estos deben estudiar , pese a las 24 horas de docencia directa, la compleja maraña de reglamentos que nos rige y la situación financiera, administrativa, académica y jurídica en la que estamos sumidos.
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De otra forma, la desventaja de los Consejeros Superiores frente a una autoridad que maneja toda la información de primera fuente y que dispone de un fuerte contingente de asesores es enorme, impidiendo de modo importante el ejercicio de una de sus pocas atribuciones efectivas: El Control de la marcha de la universidad.
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Respecto de los Consejeros Externos, es difícil esperar una fuerte contribución en la importante "área chica" de las decisiones, debido a su 'status' ad honorem y a su vinculación circunstancial con los problemas universitarios específicos.
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En consecuencia, si se quisiera un Estatuto más equilibrado del poder de decisión interno, deberá urgentemente modificarse nuestro Estatuto, que de acuerdo a este mismo, le corresponde al Consejo Superior realizar la propuesta a las instancias de Gobierno Nacionales.
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EN DESARROLLO

FRASES PARA REFLEXIONAR EL FIN DE SEMANA DE KONRAD ADENAUER

Frases celebres de Konrad Adenauer (1867 a 1976), para reflexionar el fin de semana.
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1.- "La historia es la suma total de todas aquellas cosas que hubieran podido evitarse."

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2.- "Hay algo que Dios ha hecho mal. A todo le puso límites menos a la tontería."
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3.- "Todos vivimos bajo el mismo cielo, pero ninguno tiene el mismo horizonte."
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4.- "En política lo importante no es tener razón sino que se la den a uno."

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¿Cuál será la más adecuada para aplicar en la UTEM?

jueves, 14 de enero de 2010

FINALIZÓ PROCESO DE REPOSTULACION: CASI 93 DE LOS CUPOS HAN SIDO OCUPADOS

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resumen

A B C D E
1 cod Noimbre Carrera Total cupos %
2 2102 BIBLIOTECOLOGIA Y DOCUMENTACIÓN 23 30 76.67
3 2104 CARTOGRAFIA 16 30 53.33
4 2112 CONTADOR PUBLICO Y AUDITOR 66 70 94.29
5 2115 INGENIERIA EN ADMIN. AGROINDUSTRIAL 24 30 80.00
6 2123 DISEÑO INDUSTRIAL 61 80 76.25
7 2124 DISEÑO EN COMUNICACIÓN VISUAL 67 70 95.71
8 2125 INGENIERÍA EN TRANSPORTE Y TRÁNSITO 35 35 100
9 2130 INGENIERIA EN INFORMATICA 68 70 97.14
10 2131 INGENIERÍA EN GEOMENSURA 49 50 98.00
11 2132 INGENIERÍA EN CONSTRUCCIÓN 74 80 92.50
12 2136 INGENIERÍA EN ELECTRONICA 64 65 98.46
13 2137 INGENIERÍA EN MECANICA 49 50 98.00
14 2138 INGEN. EN INDUSTRIA DE LA MADERA 27 30 90.00
15 2139 INGENIERÍA EN INDUSTRIA ALIMENTARIA 38 50 76.00
16 2140 INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL MENCIÓN AGROINDUSTRIA 49 50 98.00
17 2141 ING.CIVIL EN COMP.MENC. INFORMÁTICA 68 70 97.14
18 2142 ING. EN PREV.DE RIESGOS Y MEDIO AMB 65 70 92.86
19 2143 TRABAJO SOCIAL 70 70 100
20 2144 ING.CIVIL INDUSTRIAL M/SIST.GESTIÓN 67 70 95.71
21 2145 INGENIERÍA INDUSTRIAL 70 70 100
22 2146 BACHILLERATO EN CS.DE LA INGENIERÍA 28 30 93.33
23 2147 ARQUITECTURA 78 80 97.50
24 2148 INGENIERÍA COMERCIAL 69 70 98.57
25 2171 DIBUJANTE PROYECTISTA 24 30 80.00
26 2180 INGENIERÍA EN QUIMICA 67 70 95.71
27 2181 INGENIERÍA EN COMERCIO INTERNACIONAL 71 70 101
28 2182 INGENIERIA EN GESTIÓN TURISTICA 23 30 76.67
29 2183 QUÍMICA INDUSTRIAL 37 40 92.50
30 Total general 1447 1560 92.76
31

VRAC (s) INFORMA NUEVA POLÍTICA ACADÉMICA 2010




De UTEM_TODOS:


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Estimada Comunidad :
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Por instrucciones del Sr. Rector(S), cumplo con enviar a Uds., Resolución N° 074 de fecha 13 de enero del 2010 que modifica la Resolución N°03214 del 2002 - Políticas Académicas, en relación a la Carga Horaria Docente Directa mínima semanal en Jornada Diurna para el 2010.
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Le saluda muy atentamente,
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GUSTAVO OSSADÓN ARAYA
VICERRECTOR ACADÉMICO (S)


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DE UTEM -TODOS : PRESENTACIÓN DEL COLEGA HOMERO LATORRE EN CONSEJO AMPLIADO DE FACULTAD DE INGENIERÍA

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El Director del Departamento de Informática y Computación ,Sr. Homero Latorre Astudillo, basado en las funciones que le son propias en el cargo de director según el Decreto 232 , Declara frente a este Consejo Ampliado de la Facultad de Ingeniería:
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Que a petición del Sr. Decano de la Facultad de Ingeniería, los directores de cada departamento: Electricidad, Industrias, Mecánica e Informática y Computación, entregaron al Sr Decano el listado de los académicos susceptibles de ser desvinculados de la Institución y los fundamentos por escrito de cada caso.
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Que el suscrito, atendiendo la cantidad de horas que se deben servir, las políticas de la vicerrectoría académica, y la petición de la decanatura, puede asumir su compromiso de velar la calidad docente, contando con un número menor de académicos JC y, sólo en casos necesarios sugerir la contratación de docentes JP.
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Que en el caso especifico del departamento de Informática y Computación, se entregaron las carpetas de antecedentes documentados sobre el caso de (2) dos académicos que están en el proceso de acogerse a la Ley de Incentivo al Retiro y de (4) cuatro académicos con antecedentes factibles de ser analizados para desvinculación por evaluación de funciones Académicas, Profesionales y Administrativas y de dos (2) Académicos por Término de Contrata (artículo 10 del Estatuto Administrativo).
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Que en particular los académicos involucrados y sus situaciones documentadas son:
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Por Retiro y Jubilación: Sr. Jorge Braghiroli Reggiani y Sra. Elisa Rosales Ruz , para los cuales este director y nuestro departamento les entrega las mas grandes muestras de aprecio y agradecimiento por los años de trabajo y colaboración.
Por antecedentes meritorios de Desvinculación:
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Sr Jorge Morris Arredondo, por ser el de menor jerarquía en tiempo de ingreso al departamento, por haber ingresado sin concurso y haberse comprometido a la realización de un proyecto el que no cumplió, y por estar fuera de la programación académica para el año 2010, con motivo de la sobre dimensión del Departamento. El análisis de la escuela en conjunto con la Vicerrectoria Académica establece un número de 216 horas de docencia directa, lo cual equivale aprox. a un total de 11 Académicos.
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Sr Luis Escobar Ramírez, en la evaluación de funciones Administrativas y Académicas del Sr. Escobar, se entregaron fundamentos sobre el “ Informe de situación de los Seminarios de Titulacion de las Carreras de Ingeniería de Ejecución en Informática y de Ingeniería en Informática”, informe que fue presentado al Consejo de la Facultad de Ingeniería con fecha 7 de Noviembre 2009 , y que debe estar en las actas de este consejo, así como está en conocimientos del Rector, de los Vicerrectores, del Sr. Decano, de los Consejeros de Facultad y de TODOS los Académicos del Departamento de Informática y Computación.
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En dicho Informe se establece un análisis de las graves faltas administrativas que fueron cometidas de forma consciente (con conocimiento de la reglamentación vigente) y reiterada (mas de una vez la misma situación), las cuales por funciones no acreditables (pago de honorarios como Asesor) le promocionaron un pago de honorarios desmedidos.
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Se debe destacar que el Sr Rector , según consta en Memorando Nº 451 de Jefe Gabinete Rectoría, como un Resumen del Comité Ejecutivo de Decanos de fecha 18 Agosto 2009, y en el punto 7 de la Tabla , relativo a los planes especiales indica:“ Se pide a los decanos Responsabilizarse de los planes Especiales y sus consecuencias en honorarios desmedidos, considerando que la autoridad superior podrá ejecutar las Posibles Acciones Judiciales y que se hará un Consejo Académico específicamente para estos casos “.
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Cabe recordar que en paralelo el Sr. Escobar Ramírez era Jefe de Carrera y por lo tanto recibía asignación y tenía descarga horaria por lo cual nunca dictó más de dos asignaturas, usualmente Talleres de Título. Además de lo anterior también es necesario indicar que hay un sumario administrativo al Sr. Escobar Ramírez el que busca aclarar la presunta falta de cumplimiento en deberes de jefatura de carrera. Todos estos antecedentes del Sr Escobar Ramírez, dañan profundamente al Departamento de Informática y Computación y están fuera de nuestras normas Éticas, Morales y Profesionales de convivencia.
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Sr. Oscar Magna Veloso: al igual que el Sr. Morris Arredondo, ingresó sin concurso y se comprometió a ejecutar un proyecto que nunca entregó y como es de conocimiento de todos los presentes, el colega se encuentra cumpliendo labores en Casa Central.
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Sr. Yuri Cáceres Hernández: en la evaluación del Sr Cáceres, se entregaron todos los antecedentes en relación a la Beca Mecesup UTM 0103 para realizar estudios de doctorado, incluyendo el Memorando Reservado Nº 25 (en archivo del Director de Departamento), la declaración de este director en la citación a declarar en el sumario, así como la notificación de Cierre del Sumario y Formulación de Cargos. Todos los antecedentes entregados, señalan que el Sr Yuri Cáceres está sujeto a las sanciones indicadas las cuales pueden ser:
Pago de Multa por falta a lo estipulado en el “ Contrato de Becario de Doctorado” en las bases de la Beca MECESUP.
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No renovación de Contrato como Académico JC a Contrata, según lo indica el Artículo 10 del Estatuto Administrativo .
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Académicos por Término de Contrata (articulo 10 del Estatuto Administrativo):
Sr Víctor Escobar Jeria: es jefe de la Carrera de Ingeniería Civil en Computación mención Informática, 2141, nombrado por el Sr Rector y como ex alumno de nuestra Escuela de Informática, obtuvo una Beca Mecesup UTM 0103 y obtuvo un Doctorado en Computación. Por informe de su superior directo, el Director de la Escuela de Informática, el Sr Escobar Jeria tiene que asumir una responsabilidad compleja, como por ejemplo trabajar en conjunto con todos los académicos del departamento para tratar de revertir los problemas detectados en el proceso de acreditación de la carera 2141.
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Sra. Marta Rojas Estay: la Sra. Rojas Estay, fue citada a reunión el día 23-12-2009, con el director de Departamento, por el tema del “Compromiso 2010 de Académicos a Contrata y de Planta”.
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En esta reunión se trató el objetivo de Comprometer la formulación de un plan de actividades para el año 2010 de acuerdo a la situación particular de cada académico “. Los académicos asistentes, en particular la Sra. Marta Rojas, debía hacer llegar el compromiso a más tardar el día 28 de Diciembre del 2009, cosa que no ocurrió lo que puede ser antecedente del tipo de compromiso de ella con la Universidad.
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Sr Rector, Sr Decano, Srs Consejeros de Facultad, Colegas del Departamento de Informática y Computación, Colegas Académicos de la Facultad y Funcionaros Administrativos y Técnicos de la Facultad:
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En base a los antecedentes adjuntos y los antecedentes de esta declaración, el Director del departamento de Informática y Computación Declara:
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1.- Estar en total Acuerdo con la Desvinculación Total, la que ya les fue comunicada por escrito por la autoridad correspondiente, de los Sres. :
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Luis Escobar Ramírez,
Jorge Morris Arredondo
Yuri Cáceres Hernández.
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2.- Sugerir a la más alta autoridad la contratación en calidad de profesional del Sr. Oscar Magna Veloso, para que siga desempeñando su cargo en la Administración Central, sin vinculación con el Departamento de Informática y Computación.
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3.- Considerar la necesidad de mantener al Sr. Víctor Escobar Jeria como Académico JC a Contrata y como Jefe de la Carrera de Ingeniería Civil en Computación mención Informática.
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4.- Considerar la contratación de la Sra. Marta Rojas Estay como académico JP con dedicación solo a Docencia en las asignaturas de su especialidad que no puedan ser dictadas por los académicos JC.
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5.- Considerar que la totalidad de la propuesta ha sido presentada basada en hechos concretos, fundamentados y de conocimiento publico que permiten garantizar la adecuada funcionalidad del Departamento de Informática y Computación.
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6.- Se debe considerar que según se establece en el Acta de Fundación de la Facultad de Ingeniería con fecha 08 de Agosto de 1996 , QUE:
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A).- CADA UNO DE LOS DEPARTAMENTOS DE LA FACULTAD TIENEN CARACTERÍSTICAS PROPIAS Y QUE SE DEBE RESPETAR EL PRINCIPIO DE LA NO INTERVENCION.
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C).- QUE CADA DEPARTAMENTO TIENE EL DERECHO DE PRESENTAR SUS PROPIAS POSICIONES SOBRE ESTE TEMA.
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D).- QUE APOYAMOS DE FORMA DEDICIDA EL RESPETO A LAS POSICIONES QUE CADA DEPARTAMENTE PRESENTE SOBRE ESTE TEMA.
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E).- QUE SE DEBE RESPETAR LA POSICION TOMADA POR LA FACULTAD , QUE FUE LOGRADA CON EL CONCENSO DE LOS DIRECTORES DE LOS CUATRO DEPARTAMENTO QUE LA FORMAN.
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Reitero Sr Rector, Sr Decano, Srs Consejeros de Facultad, Colegas del Departamento de Informática y Computación, Colegas Académicos de la Facultad y Funcionaros Administrativos y Técnicos de la Facultad:
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Todo lo anteriormente declarado, para este Director se debe considera como:
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CAUSA JUSGADA Y NO AMERITA OTRA CONSIDERACION
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Homero Latorre Astudillo
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Director Depto. de Informática y
Computación Facultad de Ingeniería
Santiago, enero 07 del 2010.
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Alumnos de pedagogía de la UTEM denuncian que la no acreditación de la institución perjudica sus futuros laborales

Alumnos de la carrera de Pedagogía de la Universidad Tecnológica Metropolitana, denunciaron que por problemas económicos y administrativos de la institución, no se han podido acreditar perjudicando el futuro laboral de sus estudiantes.

La facultad ha presentado problemas de transparencia de dinero y con los sueldos impagos de los docentes, dos dificultades a la hora de tener al día los documentos que la Comisión Nacional de Acreditación -CNA- exige.

El dirigente del centro de alumnos de pedagogía, Cristián Flores, aclaró el momento que están viviendo y cuáles son las causas de sus problemas.

Sin embargo, pese a los reclamos de los estudiantes, el director de la Escuela de Pegagogía, Juan Cuenca, dijo que la universidad no presenta deudas en los sueldos de los profesores.

Además, agregó que están en el desarrollo de la acreditación y aseguró que la CNA ya envió evaluadores para que terminen el proceso.

VER ENLACE: RADIO BIO BIO

CON GRAN SATISFACIÓN DE LOS COLEGAS QUE ASISTEN AL CURSO DE DOCENCIA SE REALIZA EL EXTENSO PROGRAMA DESARROLLADO POR USACH

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EXELELNTES COMENTARIOS SE ESCUCHAN RESPECTO DEL DIPLOMADO QUE SE REALIZA EN EL 390 CON LA PARTICIPACIÓN A TIEMPO COMPLETO DE NUMEROSOS COLEGAS EN ESTE DIPLOMADO.
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MUCHOS OTROS COLEGAS HAN PARTICIPADO EN FORMA PARCIAL EN ALGUNA DE LAS UNIDADES DEL PROGRAMA QUE REVISA INTEGRALMENTE TODOS LOS ASPECTOS DEL ACTO DOCENTE PROPIO DE UNA UNIVERSIDAD.
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ESTE PROGRAMA SE FINANCIA GRACIAS A UN PROYECTO MECESUP Y CUENTA CON EL APOYO TÉCNICO DEL DEPTO. ESPECIALIZADO DE LA USACH.
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EN DESARROLLO.
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miércoles, 13 de enero de 2010

EL FINANCIAMIENTO DE UNA CARRERA : UN EJERCICIO DE ANÁLISIS FINANCIERO

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DADA LA INFORMACIÓN DE LOS CUPOS DE LAS CARRERAS OFERTADAS POR LA UTEM, SE HA GENERADO UN DEBATE RESPECTO DE LA CANTIDAD DE ALUMNOS QUE DEBIERAN TENER PARA AUTOFINANCIARSE.
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Para simplificar el análisis se asumirá que es una carrera con un ingreso de 30 alumnos anuales y sin ingreso en el segundo semestre del año.
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También se supondrá que de los 30 alumnos ingresados al año, terminan su carrera 20 de ellos, (deserción promedio de 2,5 por año) , lo que implica que los cursos tendrían en promedio 25 alumnos.
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Asimismo, se supondrá que es una carrera de tiza y pizarrón (sin laboratorios) , y que los alumnos de cada curso toman seis asignaturas por semestre con un promedio de cinco horas semanales cada uno.
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Se supondrá que los cursos se dictan semestralmente según la malla y no se dictan cursos de reposición para los repitentes.
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En dichas condiciones, resulta que esa carrera modelo debe dictar 30 asignaturas semestralmente con un total de 150 horas de clases semanales (630 mensuales), y se ocupan cinco salas de clases en media jornada (A.M. o P.M.).
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Finalmente, se supondrá que los profesores que dictan esos cursos son de Jornada Parcial con un grado promedio EUS de nivel 8; y, que la atención de la carrera demanda SEIS profesores de J. Completa para atender la Escuela y las necesidades del Departamento más afín, con un aporte de 16 horas de clases semanales promedio por cada profesor de JC ; esto es , un conjunto de 96 horas semanales, o 400 mensuales. (nota: se ha desechado la opción de rectoría de 24 horas por profesor JC, pues es poco realista para un especialista).
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Basándose en los cálculos anteriores, y dejando de lado los costos administrativos generales de la Facultad y de la Universidad que deben repartirse entre todos los alumnos de la UTEM, se puede estimar los ingresos de los 125 alumnos y el gasto directo que genería a la univeridad.
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INGRESOS DIRECTOS POR 125 ALUMNOS CON UN VALOR DE ARANCEL DE $1.500.000.- ANUALES(*) = $ 187,5 MILLONES ANUALES. (nota: se estimó un valor más bajo que el del arancel oficial, dado que muchos de los alumnos reciben el aporte institucional para compensar el arancel base que fija el Estado para otorgar los Créditos o Becas).
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GASTOS DIRECTOS:
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PARA LAS SEIS ASIGNATURAS SEMESTRALES DE CADA NIVEL, CON CINCO HORAS SEMANALES PROMEDIO CADA UNA, SE TOTALIZAN 30 HORAS SEMANALES EN LAS SEIS ASIGNATURAS DEL NIVEL. LO QUE MULTIPLICADO POR LAS 4,2 SEMANAS DE UN MES, RESULTA UN REQUERIMIENTO TOTAL DEL CURSO DE 126 HORAS MENSUALES.
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CONSIDERANDO QUE LA CARRERA TIENE CINCO NIVELES EN FUNCIONAMIENTO SIMÚLTÁNEO, LA DEMANDA TOTAL DE HORAS QUE DEBE SERVIR LA CARRERA MENSUALMENTE ES DE 630 HORAS .
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ESTA DEMANDA DE HORAS DEBE SER ATENDIDA POR LOS COLEGAS JC DEL DEPTO MÁS AFÍN CON 96 HORAS SEMANALES (400 HORAS MENSUALES) Y CONTRATARSE EL RESTO DE LAS HORAS (230), A LOS COLEGAS JP.
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PARA TRADUCIR EN DINERO ESA DEMANDA DE HORAS, SE AÑADIRÁN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS :
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1.- Los seis profesores de JC son en promedio de grado 8 EUS y ganan 1.8 millones de pesos mensuales brutos durante los doce meses del año, totalizando los seis colegas $ 130 millones anuales.
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2.- Los profesores de JP de grado 8 en promedio y con un pago de 8.000 pesos brutos la hora de clase presencial o directa, implica un gasto para servir las 230 horas mensuales señaladas anteriormente, un total de 1.9 millones de pesos mensuales, que multiplicados por los cinco meses de duración de cada semestre totalizan 10 millones de pesos semestrales; es decir, 19 millones de pesos anuales (sin pago de vacaciones).
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3.- El Departamento más afín a la carrera y la Escuela demandan una secretaria cada uno por un total de 1 millón mensual ($12 millones anuales); salas de clases cuyo valor es discutible, pero que se podría estimar en 100 mil pesos mensuales cada una de las cinco requeridas , totalizando 500 mil mensuales y seis millones anuales; y, finalmente, ocho oficinas para los profesores JC y las secretarias con un valor pomedio de 500 mil mensuales brutos cada una, totalizando un millón mensuales y 12 millones anuales.
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4.- Los gastos de electricidad, agua, teléfono y varios de uso común se han estimado arbitrariamente en 300 mil pesos mensuales para la carrera, lo que implica un gasto adicional de 3.6 millones al año.
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RESUMIENDO INGRESOS Y GASTOS ANUALES EN MILLONES DE PESOS SE TIENE QUE :
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INGRESO ANUAL POR ARANCELES : $187.5
INGRESO ANUAL POR MATRÍCULA : $ 11.8
INGRESO TOTAL POR LA CARRERA : $199.3
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GASTOS MATERIALES (Oficin. y Otros) :$ 4.8
GASTO ANUAL SALAS DE CLASES. ... : $ 6.0
GASTOS EN ELECTr. AGUA Y OTROS : $ 3.6
GASTOS EN SECRETARIAS ............... : $ 12.0
GASTOS EN PROFESORES JC (6) ..... : $130.0
GASTOS EN PROFESORES JP (230) . : $ 19.0
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GASTOS ANUALES TOTALES : ........ : $175.4
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SALDO ANUAL : ................................. : $ 19.9
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Con este saldo positivo se debe aportar a los gastos generales de la Facultad y de la Universidad, tanto en RRHH como en el financiamiento de diversos servicios y compromisos.
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Finalmente, valga la pregunta sobre aquellas carreras que teniendo un ingreso parecido de alumnos, contemplan en sus mallas curriculares laboratorios y costosos talleres (reales e imaginados) en muchas de las asignaturas de su malla, incrementando significativamente sus costos y no sus ingresos. (ver listado de carreras con cupos ofrecidos en editorial anterior.

PROCESO DE REPOSTULACIÓN PRIMERA ETAPA : CUPOS DISPONIBLES

CUPOS OFERTADOS POR CARRERA Y CUPOS PAA REPOSTULACIÓN PRIMERA ETAPA : HOY SE ENTREGARÁ RESULTADOS DE SEGUNDA ETAPA DE MATRÍCULAS DE REPOSTULANTES. JUEVES P.M. FINALIZA EL PROCESO.

BIBLIO Y DOCUMENT........... 30 ....12
CARTOGRAFIA ..................... 30 ....14
CONT. PUB. Y AUDITOR ....... 70 ....20
ING.ADMIN. AGROIND. ........ 30 ....10
DISEÑO INDUSTRIAL .......... 80 .....28
DISEÑO COM. VISUAL ......... 70 .....21
ING. TRANSp Y TRTTO ....... 35 ....12
ING. INFORMATICA ............ 70 ....15
ING. GEOMENSURA ............. 50 .....3
ING. CONSTRUCCIÓN .......... 80 ...13
ING. ELECTRONICA ............. 65 ....9
ING. MECANICA ................... 50 ....12
ING. INDUS.MADERA .......... 30......9
ING. IND. ALIMENT. ............ 50 ....13
ING.CIV.IND.M/AGRO. ........ 50 .....4
ING. CIV.COMP.M. INF. ....... 70 ....10
ING. PREV. R. Y M. AMB ...... 70 .....18
TRABAJO SOCIAL ................ 70 ....10
ING.CIV. IND. M/GEST ........ 70 .....7
ING. INDUSTRIAL ................ 70 ....5
BACH. CS. ING. ...................... 30 ....6
ARQUITECTURA ............. .... 80 ....19
ING. COMERCIAL ................. 70 ....21
DIB. PROYECTISTA ............. 30 ....10
ING. QUIMICA ...................... 70 .....9
ING. COM. INT. ..................... 70 ....16
ING. GEST. TURISTICA ....... 30 .....7
QUÍMICA INDUSTRIAL ....... 40 ....10
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TOTAL .............................. 1217 ... 343

REPOSTULACIONES : PROGRESIVAMENTE SE CIERRA BRECHA ENTRE CUPOS OFRECIDOS Y NUEVOS MATRICULADOS

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DE ACUERDO A LAS PRIMERAS INFORMACIONES SE ESTARÍAN LLENANDO LAS VACANTES DE LOS CURSOS CON INGRESO PSU DURANTE EL PROCESO DE REPOSTULACIÓN EN EL QUE PUEDEN PARTICIPAR TODOS LOS ALUMNOS QUE DIERON LA PSU ESTE AÑO CON 475 O MÁS PUNTOS Y QUE NO ESTÉN MATRICULADOS EN NINGUNA UNIVERSIDAD DEL CONSEJO DE RECTORES.
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NOTA: SE ADJUNTA EN PRIMER COMENTARIO CARTA-PETICIÓN DE ALUMNA VESPERTINA UTEM.

333.333 : UNA META PARA EL 31 DE ENERO

UNA VEZ MÁS : GRACIAS
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Y, TAL COMO LO SUGIRIÓ UNO DE NUESTROS COMENTARISTAS, PROPONGO COMO LEMA PARA NUESTROS TIEMPOS :
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¡¡ ÁNIMO UTEM ¡¡, ¡¡ ÁNIMO ¡¡
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martes, 12 de enero de 2010

ARTÍCULOS LEGALES CITADOS EN DECRETO DE CONTRALORÍA

Ver Estatuto Administrativo en :

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http://www.subdere.gov.cl/1510/article-69682.html

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Los dos articulos señalados en la entrada del blog.
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Ley 18.834 (ESTATUTO ADMINISTRATIVO)
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Artículo 148.- En los casos de supresión del empleo por procesos de reestructuración o fusión, los funcionarios de planta que cesaren en sus cargos a consecuencia de no ser encasillados en las nuevas plantas y que no cumplieren con los requisitos para acogerse a jubilación, tendrán derecho a gozar de una indemnización equivalente al total de las remuneraciones devengadas en el último mes, por cada año de servicio en la institución, con un máximo de seis.
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Dicha indemnización no será imponible ni constituirá renta para ningún efecto legal.
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Ley 18.962
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Artículo 88º.- Las universidades estatales existentes al 31 de diciembre de 1981 y las instituciones de educación superior, derivadas de éstas o sus sucesoras, conservarán su naturaleza de entidades autónomas con personalidad jurídica y con patrimonio propio.
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Estas entidades se regirán por las disposiciones del Título III de esta ley en lo que les fueran aplicables, por las leyes que hagan referencia a ellas, por sus respectivos estatutos y reglamentos en cuanto no sean contrarias a éstas y, supletoriamente, por las normas de derecho privado.
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En materias académicas, económicas y administrativas estas universidades e institutos profesionales gozarán de plena autonomía.
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N.E. : GRACIAS

lunes, 11 de enero de 2010

MATRÍCULAS 2010 : NUEVO AVANCE

Carrera .................................. matric .... cupos ..... % ........Disponib.Repost.
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BIBLIO Y DOCUMENTACIÓN ...
18 ............ 30 ........60.0 ...12
CARTOGRAFIA ..................17 ............ 30 ....... 56,7 ...14
CONT. PUB. Y AUDITOR .... 51 ........... 70 ........ 72,9 ...20
ING.ADMIN. AGROIND. .... 20 ........... 30 ....... 66,7 ...10
DISEÑO INDUSTRIAL ....... 50 ........... 80 ........ 62,5 ...28
DISEÑO COM. VISUAL ...... 49 ........... 70 ........ 70,0 ...21
ING. TRANSp Y TRTTO ..... 20 ........... 35 ........ 57,1 ...12
ING. INFORMATICA ........... 56 ........... 70 ......... 80,0 ...15
ING. GEOMENSURA ........... 46 ........... 50 ........ 92,0 ....3
ING. CONSTRUCCIÓN ......... 67 ............ 80 ........ 83,7 ...13
ING. ELECTRONICA ............ 56 ........... 65 ......... 86,1 ....9
ING. MECANICA ............. 38 ........... 50 ......... 76,0 ...12
ING. INDUS.MADERA ....... 21 ............ 30.......... 70.0 ....9
ING. IND. ALIMENT. ........ 35 ........... 50 ......... 70.0 ...13
ING.CIV.IND.M/AGRO. .... 46 ............ 50 ......... 92.0 ....4
ING. CIV.COMP.M. INF. ..... 59 ............ 70 ......... 84.3 ...10
ING. PREV. R. Y M. AMB .... 51 ............ 70 ......... 72.9 ...18
TRABAJO SOCIAL .............. 59 ............ 70 ......... 84,3 ...10
ING.CIV. IND. M/GEST .... 64 ............ 70 ......... 91,4 ....7
ING. INDUSTRIAL .............. 67 ............. 70 ......... 95,7 ....5
BACH. CS. ING. ...................... 24 ............. 30 ........ 80,0 ....6
ARQUITECTURA ............. 60 ............ 80 ......... 75,0 ...19
ING. COMERCIAL ............. 47 ............. 70 ......... 67,1 ...21
DIB. PROYECTISTA ......... 19 ............. 30 ......... 63,3 ...10
ING. QUIMICA ............... 60 ............. 70 ......... 85,7 ....9
ING. COM. INT. .............. 55 ............. 70 ......... 78,6 ...16
ING. GEST. TURISTICA .... 21 ............. 30 ..........70,0 ....7
QUÍMICA INDUSTRIAL .... 31 ............. 40 ..........77,5 ...10
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Tenemos siete carreras ( 25% del Total) por debajo del 70 % de matrícula.
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Por debajo del 80% de matrícula hay diecisiete carreras de un total de 28.

AFAUTEM LLAMA A FORMAR COMISIONES PARA ESTUDIAR MODIFICACIONES A ESTATUTOS Y REGLAMENTOS



AFAUTEM PROPONE
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Hacemos un llamado a formar una comisión ampliada de académicos a fin de elaborar una propuesta de modificación de Reglamentos y de Estatutos.

Esto fue consultado a la comunidad académica en su oportunidad y la opción de modificarlos fue votada favorablemente por mayoría absoluta.

Con motivo de los desgraciados hechos ocurridos recientemente se hace imperioso realizar estas modificaciones , que una vez elaboradas serán votados por la comunidad en su expresión explícita y propuestos a las autoridades .

Llamamos a los académicos que puedan aportar en estas modificaciones a enviar su decisión de participar en ella a partir de la próxima semana . Basta que nos envíe un correo para ello y nos pondremos en contacto con Ud..

Atte.
Presidente de AFAUTEM

DECRETO CONTRALORÍA GENERAL 2008 U. ATACAMA . SUPRESIÓN DE PLANTAS

División de Coordinación e Información Jurídica
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Dictamen : 014276NO8
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.( A buen entendedor, pocas palabras).
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Fecha emisión : 02/04/08
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Destinatarios : Rector Universidad Atacama
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Texto resumido:

El Rector de la Universidad de Atacama tiene la facultad para suprimir cargos de carácter ¡académico, porque la potestad de que gozan las Entidades de Educación Superior para aprobar las plantas y sus respectivas plazas, comprende también la de suprimir cargos.

Dicha atribución emana no sólo de normas contempladas en decretos con fuerza de ley, sino que tiene su origen en la autonomía universitaria que el legislador, a través de normas orgánicas constitucionales, ha reconocido a las universidades, atendida la especial naturaleza de la función que ellas desempeñan.

Tienen derecho a la indemnización establecida en el art/154 de la ley 18834, todos aquellos funcionarios a los que, no estando en condiciones de jubilar, se les han suprimido sus empleos a consecuencia de procesos de reestructuración o fusión y no sólo aquellos que no hayan sido encasillados en las nuevas plantas.
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TEXTO-COMPLETO:
Ex académicos de la Universidad de Atacama, se han dirigido nuevamente a esta Contraloría General, solicitando la revisión de la situación que les afecta, particularmente, en cuanto a la supresión de sus empleos en la citada Casa de Estudios Superiores y a la procedencia del pago de la indemnización prevista en el artículo 154 de la ley W 18.834, sobre Estatuto Administrativo, aplicable a esa Institución de Educación Superior en virtud de lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 de ese mismo cuerpo estatutario.
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En relación con la primera cuestión planteada, y atendido a que los recurrentes no aportan nuevos antecedentes que permitan desvirtuar lo resuelto mediante oficio Nº 45.873, de 2007, cabe reiterar lo manifestado por éste, en cuanto señala que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, las universidades gozan de plena autonomía en materias académicas, económicas y administrativas, y que en este contexto, la autonomía administrativa faculta a cada establecimiento de educación superior para organizar su funcionamiento de la manera que estime más adecuada de conformidad con sus estatutos y las leyes.En este contexto, conviene recordar que el citado pronunciamiento precisó que de conformidad con las normas pertinentes del decreto con fuerza de ley Nº 151, de 1981, del Ministerio de Educación, que fija el Estatuto de la Universidad de Atacama, corresponde a su rector, entre otras atribuciones, la de "aprobar los cargos necesarios del cuerpo académico", y a la respectiva Junta Directiva, la de "aprobar la planta de funcionarios de la Universidad y sus modificaciones", precisando que la facultad de que gozan las entidades de educación superior, para aprobar las plantas y sus respectivas plazas, comprende la de suprimir cargos.
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Atendido lo expresado, el indicado dictamen concluyó, en base a las consideraciones que desarrolla, que la facultad que posee el Rector de la Universidad de Atacama para disponer la supresión de determinados cargos, encuentra su fundamento no sólo en su propio cuerpo estatutario, sino que también en la normativa orgánica constitucional pertinente.

INDEMNIZACIÓNES
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Puntualizado lo anterior, y en lo que se refiere a la procedencia de la indemnización prevista en el artículo 154 de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, reclamada por los recurrentes, cabe destacar que en dicho precepto se dispone que "en los casos de supresión del empleo por procesos de reestructuración o fusión, los funcionarios de planta que cesaren en sus cargos a consecuencia de no ser encasillados en las nuevas plantas y que no cumplieren con los requisitos para acogerse a jubilación, tendrán derecho a gozar de una indemnización equivalente al total de las remuneraciones devengadas en el último mes, por cada año de servicio en la institución, con un máximo de seis".
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Al respecto, resulta pertinente indicar que la indemnización contemplada en el referido artículo 154, tiene un carácter compensatorio y su objeto es mitigar las consecuencias que para el servidor acarrea la pérdida de su trabajo, como consecuencia de las supresiones de cargos por necesidades de reestructuración del organismo o de fusión, cuando aquél no puede acogerse a jubilación, tal como lo ha precisado esta Contraloría General mediante oficio Nº 38.136, de 2007.
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Ahora bien, en relación con dicho beneficio, el citado dictamen Nº 38.136, precisó que elrequisito de "no ser encasillados en las nuevas plantas, debe exigirse en la medida que la ,reestructuración o fusión haya estado aparejada a la aprobación de una nueva planta, ya que ,en ese caso, habiéndose producido el consecuente proceso de encasillamiento, aquellos funcionarios que no hayan accedido a la nueva planta, tienen derecho al citado beneficio".
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Agregó, no obstante, dicho pronunciamiento que, atendido que no todos los procesos de reestructuración o fusión importan necesariamente la creación de nuevas plantas, sino que en muchos casos, sólo se procede a suprimir o fusionar unidades, con las consecuentes supresiones de cargos -que es precisamente lo que se verifica en la especie-, la indemnización de que se trata, puede beneficiar también a los servidores que se vean afectados por este tipo de situaciones.
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De esta manera, entonces, tienen derecho al beneficio en comento, todos aquellos funcionarios a los que, no estando-en condiciones de jubilar, se les suprimió su empleo como consecuencia de procesos de reestructuración o fusión, aunque no haya operado un-proceso de encasillamiento.
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Efectuada esta precisión, y con el objeto de resolver sobre la procedencia de la indemnización contemplada en el indicado artículo 154, es necesario determinar si la supresión de los cargos de los referidos académicos, dispuesta por el Rector de la Universidad de Atacama, obedeció.a un proceso de reestructuración o fusión.
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Sobre el particular, cabe señalar que el Rector de la citada Casa de Estudios Superiores, en su informe emitido mediante ordinario Nº 210/712, de 2003, expone que "la supresión de los citados cargos de académicos, obedeció a una necesidad institucional de reestructuración",sin que se transgrediera, por tanto, la normativa legal ni constitucional.
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Agrega la referida autoridad universitaria, que la supresión de tales cargos fue adoptada dentro del marco de la competencia legal que al efecto se le reconoce al rector de esa Institución de Educación 'Superior, quien, precisamente en ejercicio de esa facultad, determinó, producto de un proceso de reestructuración, prescindir de determinados cargos.
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En este mismo orden de ideas, resulta útil destacar que la Junta Directiva de la Universidad de Atacama, en su centésima cuadragésima séptima (14r) sesión ordinaria, celebrada con echa 30 de enero de 2003, acordó la supresión de siete cargos académicos, circunstancia que permitió que mediante tal medida se prescindiera de determinados cargos y no de los Funcionarios que los sirven.
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Así, pues, junto con reiterar en esta oportunidad lo ya expresado en anteriores pronunciamientos -oficios NºS 31.783 Y 45.931, ambos de 2004 y Nº 45.873, de 2007, ya citado- en el sentido de que las supresiones de cargos de que en la especie se trata se ajustaron a derecho, debe también insistir esta Contraloría General, en que las decisiones respectivas respondieron a la necesidad de modificar la estructura de determinadas unidades de la Universidad de Atacama, y que, por lo tanto, fueron adoptadas en el marco de un proceso de reestructuración que responde a la exigencia formulada por el artículo 154 de la ley Nº 18.834.
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En este contexto, y atendido los antecedentes señalados, resulta forzoso concluir que, en la medida que los interesados no hayan cumplido con los requisitos para acogerse a jubilación a la fecha en que se produjo la supresión de los cargos que ocupaban, les asiste el derecho a percibir la indemnización establecida al efecto en el citado artículo 154.
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Se ratifica en todas sus partes el dictamen Nº 45.873, de 2007, de esta Contraloría General, el que debe entenderse complementado en los términos del presente pronunciamiento.

HA LLEGADO BORRADOR DE ACTA 215 Y NUEVAS VERSIONES CORREGIDADS DE LAS 214-A Y 214-B

ACTAS EN PROCESO DE REVISIÓN
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URGE ENCONTRAR UN MECANISMO PARA ACELERAR EL PROCESO DE APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN DE ESTAS ACTAS QUE ORIENTAN LA MARCHA DE LA INSTITUCIÓN Y PERMITEN A LA COMUNIDAD EVALUAR A SUS AUTORIDADES SUPERIORES.

SESIÓN 215 SE REALIZÓ EL 17 DE DICIEMBRE Y RECIÉN EMPEZAREMOS A REVISAR EL BORRADOR. eN CONSECUENCIA, RECIÉN LA TERCERA SEMANA DE ENERO PODREMOS DAR A CONOCER EL ACTA DEFINITIVA APROBADA.

domingo, 10 de enero de 2010

UNA META POR CUMPLIR : UN BLOGG DE LA UNIVERSIDAD A CARGO DE UN COMITÉ EDITORIAL REPRESENTATIVO DE TODA LA COMUNIDAD

ERA NUESTRA ESPERANZA, PERO LOS MÚLTIPLES FOCOS DE INCENDIOS QUE ESTALLAN POR DOQUIER, NO HAN PERMITIDO A LA AUTORIDAD Y SUS EQUIPOS ATENDER ALGUNAS NECESIDADES COMUNICACIONALES IMPORTANTÍSIMAS.
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Han pasado dos años desde que este blogg salío a la luz pública en Enero del 2008, despúes de un mes de prueba y construcción de la página y organización del equipo editorial primigenio.
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Nació modestamente conjuntamente con a la Agrupación de Académicos por la UTEM en medio del fragor de la lucha que se iniciaba por su recuperación académica.
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Algunas de nuestras esperanzas se han materializado, pero sólo han sido pasos intermedios logrados con muchas zozobras, pero aún estamos muy lejos de alcanzar la meta de una universidad organizada y plenamente ACREDITADA Y AL SERVICIO DE NUESTROS ESTUDIANTES CON LA CALIDAD ACADÉMICA Y EL RESPETO QUE SE MERECEN.
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Si bien, el cansancio y la frustración por los múltiples tropiezos y divisiones que se produjeron al interior de la Agrupación original, cuyo análisis puede resultar muy ingrato, nos ha afectado a todos y nos ha hecho perder fuerzas en más de una oportunidad; sin embargo, podemos garantizar a la comunidad que no cejaremos en nuestro propósito final, aunque tengamos que hacer sacrificios personales en pos de nuestra misión institucional y de nuestros valores vocacionales.
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Lo que queda por delante, sin duda es muy difícil de lograr; y, muchas veces nos pareciera no tener las fuerzas necesarias para alcanzar la meta.
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Sin embargo, el convencimiento de que el esfuerzo colectivo vale la pena y de qué vendrán oleadas de personas que tomarán las banderas de lucha por la educación universitaria estatal de calidad, nos devuelve el ánimo para seguir tratando de avanzar.
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¡¡ ADELANTE, UTEM, ADELANTE ¡¡