sábado, 5 de diciembre de 2009

noticias post feriado.

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PRÓXIMO MIÉRCOLES REINICIAREMOS LA PUBLICACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN ACADÉMICA DEL SEGUNDO SEMESTRE DEL 2009

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PRÓXIMO JUEVES 17 DE DICIEMBRE SE REALIZARÁ PRÓXIMA SESIÓN DE CONSEJO SUPERIOR Y SE APROBARÁ Y SE DARÁ A CONOCER EL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR (214).
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jueves, 3 de diciembre de 2009

SESIÓN DE CONSEJO SUPERIOR FINALIZÓ PASADAS LAS 18:00 hrs.

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CON IMPORTANTES ACUERDOS FINALIZÓ CONSEJO SUPERIOR
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ACTA DE SESIÓN SE PUBLCARÁ A LA BREVEDAD EN LINK DE SECRETARÍA GENERAL UNA VEZ QUE SEA APROBADA EL ACTA.

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http:/secretariageneral.utem .cl
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LINK DE SECRETARÍA GENERAL : http:/secretariageneral.utem .cl

FINALMENTE SE HA CUMPLIDO LA PROMESA DE HACER PÚBLICAS LAS ACTAS DEL CONSEJO SUPERIOR.
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LAS PUBLICACIONES SE REALIZARÁN PAULATINAMENTE EN LA PÁGINA SEÑALADA Y CUYO ACCESO ES :
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http:/secretariageneral.utem .cl
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ES DE DESEAR QUE ESTE TRABAJO SE HAGA EXTENSIVO AL CONSEJO ACADÉMICO A FIN DE MANTENER A LA COMUNIDAD INFORMADA DE LAS DECISIONES QUE SE ADOPTAN Y DE LOS ARGUMENTOS UTILIZADOS.
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http:/www.secretariageneral.utem .cl

PROGRAMACIÓN ACADÉMICA SEGUNDO SEMESTRE 2009: VERSIÓN FINAL

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dea
Dirección de Evaluación Académica
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INFORME FINAL DE CARGA ACADÉMICA POR DOCENTE
SEGUNDO SEMESTRE 2009
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Carga Académica remitida por los Directores de Departamentos y
Programaciones Docentes Diurnas y Vespertino
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Noviembre de 2009
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El presente informe da cuenta de la labor docente que están realizando, en este segundo semestre 2009, los académicos jornada completa y media jornada de la Universidad y que tiene como propósito por un lado, verificar el cumplimiento de las Políticas Académicas vigentes y a su vez evidenciar la labor que cada Departamento realiza en el quehacer lectivo diurno.
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Las disposiciones utilizadas en la revisión del cumplimiento de carga docente del personal estable de la Universidad, es decir, aplicables a los académicos jornada completa y media jornada, para el segundo semestre 2009, son las aprobadas por el Consejo Académico en su sesión del día 06 de noviembre de 2006. Las cuales establecen que los académicos jornada completa deben realizar 8 períodos de docencia directa más 2 períodos por proyecto de facultad. Asimismo, para los académicos media jornada, la política establece que deben realizar 6 períodos de docencia directa y 2 períodos de proyecto de facultad. Adicionalmente, la política definida deja en claro que aquellos académicos que no asuman proyectos de facultad, deberán completar las horas asignadas a este ítem con carga académica, lo que se traduce en 20 horas de docencia directa para los académicos jornada completa y 16 horas para los académicos con media jornada.
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Además de lo anterior, para este segundo semestre también se tuvo presente los acuerdos tomados en las reuniones de trabajo del Comité Ejecutivo de Decanos y Secretarios de Facultad, los días 18 de agosto y 09 de septiembre de 2009, en las cuales se aprobaron, las siguientes disposiciones, referidas a la carga horaria:
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"Política de eliminar pagos de honorarios y asignaciones especiales por guiar y/o corregir memorias de título, coordinaciones, seminarios de titulación, planes de continuación de estudios, carreras vespertinas. Solamente se pagará el valor hora establecido en casos que el profesor tenga carga diurna completa, en caso contrario, se le completará su carga con estas asignaturas". (Primera reunión del Comité Ejecutivo de Decanos y Secretarios de Facultad -18 de agosto de 2009).
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"Se acuerda que no corresponde descarga horaria por labores como Consejero superior." (Segunda reunión del Comité Ejecutivo de Decanos y Secretarios de Facultad - 9 de septiembre de 2009).
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"Se acuerda que los proyectos de Facultad, deben ser evaluables y evaluados por el Decano, por el VRAF, VRAC y la DGP. Las Facultades deben determinar cuales son las líneas de investigación y programaciones de los proyectos. Por este semestre, no se realizaran nuevos proyectos de Facultad." (Segunda reunión del Comité Ejecutivo de Decanos y Secretarios de Facultad - 9 de septiembre de 2009).
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Teniendo presente lo señalado anteriormente y de acuerdo a la información remitida a la fecha por los Directores de Departamentos, a través de los Decanos, se puede informar que de los 299 académicos estables de la Universidad, 266 son académicos jornada completa y 33 son académicos media jornada, quienes realizan el 52% de la actividad lectiva diurna de las carreras con ingreso PSU.
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Es decir, de las 7.090 horas de docencia directa dictadas a la semana, 3.356 (47%) horas de docencia directa semanal están siendo impartidas por académicos jornada completa y 336 (53%) horas de docencia directa semanal, las asumen los académicos media jornada.

De lo anterior, cabe destacar que antes de establecer si el 52% es un porcentaje favorable o desfavorable para la Universidad, es necesario señalar, por ejemplo, que del total de académicos estables de la Universidad (JC y MJ), no todos están dedicados cien por ciento a la docencia.
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En este segundo semestre, se encuentran 8 académicos fuera del país realizando perfeccionamiento académico o con permiso sin goce de sueldo. Hay 80 académicos que compatibilizan labores docentes y no académicas, tanto al interior de las facultades como en cargos directivos o no académicos en la casa central y por lo tanto, 211 de los 299 académicos pueden ser hoy definidos como académicos docentes, los cuales deben realizar la carga académica completa.
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El siguiente recuadro muestra el detalle por actividad:

SITUACIÓN DEL ACADÉMICO ..................................Nº ACADÉMICOS
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ACADÉMICOS JC SIN LABORES ADMINISTRATlVAS ......... 182
ACADÉMICOS MJ SIN LABORES ADMINISTRATlVAS ......... 29
ACADÉMICOS JC CON CARGOS ADMIN. O DIRECTIVOS ..... 79
ACADÉMICOS MJ CON CARGOS ADMIN. O DIRECTIVOS ..... 1
ACADÉMICOS JC BECADOS O CON PERMISO ......................... 5
ACADÉMICOS MJ BECADOS O CON PERM
ISO ........................ 3
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TOTAL ACADÉMICOS .............................................................. 299
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NOTA EDITOR: Los cuadros se deforman visualmente debido al escaneo.

Si a la información consignada en el recuadro anterior se le aplica la política de carga horaria en forma genérica, es decir, sin considerar los cargos específicos que algunos académicos cumplen y a su vez se omiten todas las descargas horarias (perfeccionamiento, investigación, proyectos con financiamiento externo, asignaciones especiales), se puede concluir que el personal estable de la Universidad debiera estar realizando un total de 4.744 horas semanales de docencia directa. Número de horas que representa el 66,9 % de toda la actividad lectiva que hoy se realiza en la jornada diurna.
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FALTA CUADRO RESUMEN A COMPLETAR
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Sin embargo y siguiendo con la revisión del cumplimiento de la política académica, también se debe tener presente el acuerdo aprobado por el Consejo Académico del día 27 de marzo de 2009, que aprueba la alternativa de completar la carga obligatoria realizando docencia en la jornada vespertina. Opción que, según lo informado por los Directores de Departamento y ratificada con las programaciones docentes vespertinas, remitida por los Coordinadores Vespertinos, se puede informar que son 121 horas de docencia directa las realizadas por los académicos estables de la Universidad, es decir, son labores no remuneradas. Por lo tanto, al sumar a las horas realizadas en la jornada diurna, mas las 121 horas realizadas en la jornada vespertina, los académicos jornada completa y media jornada, realizan durante el segundo semestre de 2009 un total de 3.813 horas de docencia directa semanal (= 3.356+336+121).
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En el siguiente recuadro se muestra a los académicos que realizan docencia no remunerada en las carreras vespertinas:
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DURAN FIERRO, FELlX ........................ 2 hrs. carrera 3021
CONTRERAS MARIN ROBERTO ....... . 4 hrs. Carrera 3820
GATICA VILLARROEL LEONARDO .. 4 hrs carrera 3090
VILLAGRAN GARCES ROSA ............... 4 hrs. carrera 3021
RIVEROS CONCHA EDUARDO ............ 8 hrs carrera 3021
MOLlNA MAC.KAY CLAUDIO............. 4 hrs carrera 3021
CORNEJO ROMERO RAUL ................... 6 hrs carrera 3032
MOORE UNDURRAGA FERNANDO .... 8 hrs carrera 3210
RUBIO MUNOZ MAURICIO ................. 4 hrs carrera 3210
VALDES ASPEE MARIA ANGELI ....... 2 hrs Carrera 3210
ALEGRIA CARRANZA RICARDO ...... 12 hrs carrera 3220
MARTlNEZ VALDES JULIO .............. 10 hrs carrera 3421
ORELLANA ERDMANN GERMAN ..... 6 hrs carrera 3421
VICO SANCHEZ MAURICIO ............... 3 hrs carrera 3421 .
TORRES ALCA y AGA MARIO ............ 6 hrs carrera 3410
GALLARDO ESPINOZA SERGIO ........ 6 hrs. 4401 Sn Anton
VALDIVIA SALGADO LUIS ............... 6 hrs carrera 3090
CARRACEDO CONTADOR M. INES .. 4 hrs carrera 3610
ANDUAGA GARCIA LlLIANA ........... 8 hrs Carrera 3630.
RODRIGUEZ RIQUELME OSCAR ...... 6 hrs Carrera 3812.
TOLEDO BEJAR M. SOLEDAD .......... 8 hrs Carrera 3812

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La diferencia entre las horas hipotéticamente exigibles y las que se están realizando, aún dan cuenta de un total de 935 horas no realizadas.
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Sin embargo, al contrastar el cumplimiento de la Política Académica por académico, se puede señalar que son 688 horas las no cubiertas por el personal estable de la Universidad y que, necesariamente, están siendo realizadas por académicos de jornada parcial, lo que trae como consecuencia un incremento en el costo en remuneración del personal académico.
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(NOTA EDITOR: Esto implicaría un costo adicional anual de aprox. 200 millones anuales, estimado en base a un colega JP de remplazo con grado 8º en la EUS).
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Al profundizar en la revisión del cumplimiento de la Política de Carga Horaria, en algunos se observa que dicha falta es casi marginal, es decir, hay académicos a los cuales les falta una o dos horas para dar cumplimiento a lo establecido.
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Sin embargo, también se presentan casos extremos, existiendo académicos que sin tener responsabilidades directivas, realizan cero horas de docencia directa, tal es el caso del profesor Sergio Sepúlveda González del Departamento de Economía, Recursos Naturales y Comercio Exterior; el profesor Gustavo Bobadilla Elgueta del Departamento de Matemática, el profesor Mario Vega Molina y Fernando Cabrol Godoy ambos del Departamento de Industria, el profesor Zenobio Valdivia Maldonado del Departamento de Humanidades.
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Los casos de académicos con responsabilidades directivas o administrativas que realizan cero horas de docencia directa son:
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Hugo Omar Hinostroza Saez, Vicerrector Académico; Ana Ángela Da Vía Bravo, Directora de la Dirección de Docencia; Raquel Alejandra Coll Escanilla, Directora del Centro de Cartografía Táctil; Lilian Oyarzun Cárdenas, Directora de la Dirección de Capacitación y Postítulos; Arturo Otto Villa, Decano de la Facultad de Ingeniería; Patricio Bastias Román, Secretario General; Beatriz Gómez Hernández, Decano de la Facultad de Ciencias Naturales, Matemáticas y del Medioambiente; Gustavo Ossandon Araya, Director de la Dirección de Investigación y Desarrollo Académico y José Hormazabal Tapia, Director de Programa de Diseño e Innovación de Productos.
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Por otro parte, también se debe precisar que podría existir una diferencia entre lo informado por los Directores de Departamento y lo consignado en este informe y que dice relación con ciertas descargas horarias, las cuales fueron asignadas por los Directores, pero que hoy, al no tener un pronunciamiento formal por parte de la autoridad, para efectos de este resumen no fueron consideradas.
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NOTA EDITOR: DEA para este cálculo aceptó una serie de asignaciones de cargas informadas por los Deptos. bajo el concepto de "Talleres", las que sin embargo son dificíles de aceptar en numerosas carreras que no mencionan esta actividad en su malla curricular. En consecuencia, la cifra indicada por DEA podría ser algo mayor, pero en ningún caso el monto total sería significativo en el gasto total (250 millones anuales aprox.).
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El resumen también recoge las horas de docencia directa, que según programación docente vespertina disponible en esta Dirección, estarían siendo realizadas por dichos docentes y que, por lo tanto, constituyen pago adicional.
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El objetivo de presentar en forma consolidada dicha información, tiene como propósito evidenciar la factibilidad de hacer cumplir lo acordado por el Comité Ejecutivo de Decanos y Secretarios de Facultad, en relación a completar la carga obligatoria con labores docentes vespertinas.
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ACADÉMICO ........................................HorasAsig ..... LeFaltan ..... c/pago adic.
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FUENTEALBA UBILLA MARIA ANGELI ........ 16 .......... -4 .................. 0
LETZKUS PALAVECINO MANUEL ................... 16 ......... -4 ................... 8
PEREZ SANHUEZA JOSE ABELARDO .............. 16 ......... -4 .................. 0
AL T AMIRANO BELlZAR RODRIGO BELI ..... 14 ......... -6 .................. 4
AROS JARAMILLO JORGE ................................. 16 ......... -4 .................. o
DURAN FIERRO FELlX ORLAND ...................... 16 .......... -4 ................. 8
GUERRERO FAQUIEZ RAMON RENE ................ 10 ........ -10 ................ o
OLlVARES VALDES OSCAR ................................ 8 ......... -12 .................. o
SEPUL VEDA GONZALEZ SERGIO MAXIM ....... o ......... -20 .................. o
VALENZUELA SILVA LUIS ADOLFO ................ 16 .......... -4 ................. 4
VALENZUELA VILA ELVIRA .............................. 8 .......... -12 ................ 8
BERGQVIST AZOLAS ENRIQUE ........................ 10 .......... -6 ................. 0
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CONTINUÁ EN NUEVA PÁGINA CON FECHA 09 DE DICIEMBRE EN FORMATO JPGE
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DOCUMENTO DE 37 PÁGINAS IMPRESAS EN PROCESO DE DIGITALIZACIÓN

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miércoles, 2 de diciembre de 2009

LAMENTAMOS INFORMAR QUE NUEVAMENTE HEMOS DEBIDO POSTERGAR LA PUBLICACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN ACADÉMICA DEL SEGUNDO SEMESTRE DEL 2009

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AGRADECEMOS DISCULPAR LA DEMORA

Grupo de Investigación Expone 12 Ponencias en Eventos Cientifícos

(utem-todos)


La Dirección del Departamento de Química tiene el agrado de informar a la comunidad universitaria, que el grupo de investigación integrado por los académicos: Dra. Guadalupe del Carmen Pizarro, MG Sc Ing. Manuel Jeria-Orell y Dr. Oscar G. Marambio, junto a 11 (once) alumnos de la carrera de Química Industrial, quienes desarrollan sus tesis de título y las unidades de investigación en el laboratorio de investigación que ellos dirigen. Han presentado 11 ponencias y una conferencia plenaria, en tres eventos científicos realizados en Chile durante el presente año 2009, cuyos títulos comparto con ustedes.

1. “SÍNTESIS, CARACTERIZACIÓN Y APLICACIÓN DE COPOLIMEROS EN BLOQUE MEDIANTE ATRP”
Guadalupe del C. Pizarro1,
Conferencia plenaria.
IV Coloquio de Macromoléculas, División de Macromoléculas-Sociedad Chilena de Química, Termas de Catillo, 7-9 de enero 2009, Santiago, Chile

2. “SÍNTESIS DE COPOLÍMEROS EN BLOQUE VÍA ATRP, COMO POTENCIALES MATRICES DE NANOPARTÍCULAS INORGÁNICAS”
Claudia Alvarado1, Lorena Valencia, Carolina Sandoval, Guadalupe del C. Pizarro1,Oscar G. Marambio1, Manuel Jeria-Orell1
IV Coloquio de Macromoléculas, División de Macromoléculas-Sociedad Chilena de Química, Termas de Catillo, 7-9 de enero 2009, Santiago, Chile

3. “ESTUDIO COMPARATIVO DE LAS INTERACCIONES ENTRE POLI(n-FENILMALEIMIDA-co-ÁCIDO ACRÍLICO) (PHMI), Y POLI(4-ESTIRENSULFONATO DE SODIO) (PSS) CON RODAMINA 6G”
Ignacio Moreno-Villoslada1, Juan Pablo Fuenzalida, Gustavo Tripailaf,
Guadalupe del C Pizarro, Oscar G. Marambio.
IV Coloquio de Macromoléculas, División de Macromoléculas-Sociedad Chilena de Química, Termas de Catillo, 7-9 de enero 2009, Santiago, Chile

4. MICRO/NANO PARTICULAS ENCAPSULADAS EN UN COPOLÍMERO DIBLOQUE CON “CORE-SHELL” MORFOLOGÍA.
Guadalupe del Carmen Pizarro(1), Mario Enrique Flores(1), Oscar Guillermo Marambio(1), Manuel Jeria Orell .
XXVIII Jornadas Chilenas de Química 3-6 de Noviembre 2009, Termas de Chillán,Chillán- Chile

5. SINTESIS DEL COPOLIMERO EN BLOQUE DE St-b-MMA UTILIZANDO LA TECNICA ATRP REVERSA
L.Valencia, C. Alvarado, M. Jeria Orell, G. del C Pizarro, O.G Marambio
XXVIII Jornadas Chilenas de Química 3-6 de Noviembre 2009, Termas de Chillán,Chillán- Chile

6. SINTESIS DE COPOLIMERO EN BLOQUE DE AI-b-St A PARTIR DEL MACROINICIADOR DMI-Br USANDO LA TECNICA ATRP
D.Valdés(1), J. Vásquez(1), M. Jeria-Orell.(1), G. del C. Pizarro(1), O.G. Marambio(1)
XXVIII Jornadas Chilenas de Química 3-6 de Noviembre 2009, Termas de Chillán,Chillán- Chile

7. COPOLÍMERO ANFIFÍLICO DIBLOQUE Poli[-(ST)-b-(HPMA- TBDMS)], APLICANDO LA TÉCNICA RADICAL CONTROLADA “ATRP”
Pedro A. Hidalgo (1), Ricardo H. Olave, Guadalupe del Carmen Pizarro, Oscar Guillermo Marambio, Manuel Jeria Orell
XXVIII Jornadas Chilenas de Química 3-6 de Noviembre 2009, Termas de Chillán,Chillán- Chile.

8. COPOLÍMEROS ANFIFÍLICOS APLICANDO LA TÉCNICA RADICAL CONTROLADA “ATRP”, EL MACROINICIADOR P(St)-Br Y EL SISTEMA INICIADOR EPBr(BPO)/CuBr/BPy
Bárbara J.Olivares, Guadalupe del Carmen Pizarro, Oscar Guillermo Marambio, Manuel Jeria Orell
XXVIII Jornadas Chilenas de Química 3-6 de Noviembre 2009, Termas de Chillán,Chillán- Chile

9. “SISTEMA PRO-HERBICIDA DE LIBERACIÓN CONTROLADA DESDE LAS MATRICES POLI(HEMA-alt-AM) Y POLI(HPMA-alt-AM)”
Felipe A.Tapia , Oscar G. Marambio, Guadalupe del C. Pizarro, Manuel Jeria-Orell e Ignacio Moreno-Villoslada.
XXVIII Jornadas Chilenas de Química 3-6 de Noviembre 2009, Termas de Chillán,Chillán- Chile

10. “SYNTHESIS, CHARACTERIZATION AND APPLICATION OF DIBLOCK COPOLYMERS, OBTAINED BY MEANS OF ATOM TRANSFER RADICAL POLYMERIZATION (ATRP), USING POLI-(TBA)-Br LIKE MACROINITIATOR
Mario.Enrique Flores, Oscar Guillermo Marambio, Manuel Jeria-Orell, Guadalupe del C. Pizarro*
13th IUPAC International Symposium on Macromolecule- Metal Complexes (MMC-13, Chillán - Chile) 15-18 Noviembre 2009 Termas de Chillán –Chile.

11. “A COMPARATIVE STUDY OF THE INTERACTION BETWEEN RHODAMINE 6G AND POLY(SODIUM 4-STYRENESULFONATE), POLY(N-PHENYLMALEIMIDE-co-ACRYLIC ACID), POLY(STYRENE-alt-MALEIC ACID) AND POLY(ACRYLIC ACID).
Ignacio Moreno-Volloslada*, Juan Pablo Fuenzalida, Gustavo Tripailaf, Miguel Sandoval, Guadalupe Pizarro*, Oscar Marambio.
13th IUPAC International Symposium on Macromolecule- Metal Complexes (MMC-13, Chillán - Chile) 15-18 Noviembre 2009 Termas de Chillán –Chile.

12. “P(2-HYDROXYETHYLMETHACRYLATE)-B-P(N-PHENYLMALEIMIDE) AND P(2-HYDROXYETHYLMETHACRYLATE)-b-P(STYRENE): PREPARA TION AND CHARACTERIZATION OF ZnO DOPED AMPHIPHILIC DIBLOCK COPOLYMERS.
Guadalupe del Carmen Pizarro(*), Mario Enrique Flores, Oscar Guillermo Marambio, Manuel Jeria Orell .
13th IUPAC International Symposium on Macromolecule- Metal Complexes (MMC-13, Chillán - Chile) 15-18 Noviembre 2009 Termas de Chillán –Chile.

Agradeciendo a los colegas por su gran participación en estos importantes eventos internacionales y por el importante trabajo realizado con nuestros estudiantes, les saluda atentamente a ustedes,


Orieta López Miranda
Directora del Departamento de Química
Facultad de Ciencias Naturales, Matemáticas y del Medioambiente

Santiago, 30 de Noviembre de 2009


Profesora Guadalupe del C. Pizarro, junto a connotados científicos internacionales.

LA IMPORTANCIA DE LOS SUMARIOS E INVESTIGACIONES SUMARIAS COMO MECANISMOS DE CONTROL

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EL CONTROL EN LAS INSTITUCIONES : EL ROL DE LOS SUMARIOS
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Considerando las características de la naturaleza humana, tanto sus virtudes como sus defectos, ninguna organización puede evitar tener mecanismos de control efectivos para poder tener alineados a sus miembros en el servicio de sus fines.
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Sin embargo, estos mecanismos de control deben cumplir con algunos requisitos para que el procedimiento empleado no produzca daños innecesarios y de garantías de seriedad a todos los miembros de la comunidad, cumpliéndose con todos los requisitos de este tipo de funciones juridiccionales en una sociedad moderna.
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Uno de estos requisitos es el principio de la doble instancia; otro es el de la debida transparencia, que en la Administración Pública no se cumple, pues ha quedado marginado de la Reforma Procesal Penal; y, un tercero, es la debida independencia de la instancia judicial de la Ejecutiva, a fin de dar garantías de ecuanimidad a los sujetos investigados.
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Otros requisitos, no menores, exigen que estos procedimientos sean oportunos, veloces, regulados y supervisados por una instancia superior independiente.
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En caso que algunos de esos requisitos no se cumplan el sistema de control pierde en eficiencia dañando a toda la organización, tal como ha ocurrido en nuestra organización durante los últimos años, caracterizados por diversas fallas en el sistema de control.
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Numerosos son los Sumarios que han dormido en manos de fiscales durante años o en los anaqueles de la Contraloría Interna sin llegar a ninguna conclusión, transformándose en un mecanismo al servicio del poder en lugar de servir a la organización.
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El carácter "secreto" de los sumarios se deriva del sistema procesal antiguo y su modificación debe ser materia de una ley. Sin embargo, la amplitud del secreto parece no estar bien definida.
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Cabe preguntarse si el secreto incluye la Resolución que ordena instruir el Sumario y nombra el Fiscal y el Actuario. Asimismo, si ampara el desarrollo formal del proceso, o al igual que en el sistema judicial antiguo, se puede seguir el avance de las citaciones y comparecencias en cada uno de los procesos en la página web del Poder Judicial.
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Sin duda, el secretismo extremo genera rumores y confusiones que producen más daños a la organización que el posible beneficio aparente de los sujetos investigados.
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Valga, lo anterior para todos los sistemas de Control, desde el Control de asistencia de los docentes y de realización efectiva de las clases y cumplimiento de los programas y mecanismos de evaluación, hasta los procedimientos formales de los Sumarios, que sólo se conocen por rumores de pasillos y raras veces se conocen sus conclusiones finales.
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MORALEJA
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LA TRANSPARENCIA AYUDA AL CONTROL SOCIAL
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REFLEXIÓN
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"Lo trágico de la guerra es que echa mano
de lo mejor del hombre para emplearlo
en la peor de las obras humanas: destruir."


martes, 1 de diciembre de 2009

MÁS VALE TARDE QUE NUNCA: UNA DE LAS PROMESAS INCUMPLIDAS


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EN DESARROLLO

CONTRALOR GENERAL CONTESTA APELACIÓN DE J. VALENZUELA G.

1 Diciembre 2009
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Texto
Cursa decreto 258/2009 de la Universidad Tecnológica Metropolitana y se pronuncia sobre presentación de sumario.
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DICTÁMEN DE CONTRALORÍA GENERAL :
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N° 59.867 Fecha: 29-X-2009
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"Se ha remitido a esta Entidad Fiscalizadora el decreto N° 258, de 2009, de la Universidad Tecnológica Metropolitana que aplica, al término del respectivo sumario administrativo incoado en esa Casa de Estudios Superiores, la medida disciplinaria de destitución al académico don Jorge Fernando Valenzuela Gárate, para su control preventivo de legalidad.
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Por su parte, el servidor destituido ha recurrido ante esta Contraloría General, señalando en su presentación, en síntesis, que el proceso sumarial en que se ha fundamentado la sanción expulsiva que le afecta, adolecería de vicios que la invalidarían.
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Pues bien, el primer aspecto reclamado por el recurrente, dice relación con la falta de validez de la resolución de la Rectora Subrogante del ente universitario, que rechazó la recusación que planteó en contra del fiscal instructor del procedimiento sumarial, ya que el acto administrativo que se emitió para tal efecto no fue sometido al examen de legalidad del Contralor Interno de la Universidad.
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Sobre el particular, es dable anotar que el inciso segundo del artículo 134 de la ley N° 18.834, -aplicable en la especie, en virtud de lo prescrito en el artículo 162 de ese cuerpo legal-, señala que “la solicitud de recusación será resuelta en el plazo de dos días por el fiscal respecto del actuario y por la autoridad que ordenó el sumario respecto del fiscal”. Por ende, las causales deben ser presentadas y resueltas dentro de la tramitación del respectivo proceso, conforme al procedimiento establecido en la citada normativa, tal como ocurrió en la especie, por lo que, contrariamente a lo aseverado por el señor Valenzuela Gárate, la determinación que adoptó la superioridad sobre este punto no requiere ser visada por la Contraloría Interna de la Universidad para ser válida.

Luego, en cuanto a la falta de imparcialidad esgrimida por el reclamante para alegar la aludida recusación en contra del investigador, corresponde señalar que en la documentación analizada no se advierte que haya existido arbitrariedad en la decisión adoptada por la Rectora Subrogante para desestimarla -fojas 409 del expediente-, puesto que el interesado no hizo valer ningún antecedente que acreditara la parcialidad del instructor, siendo insuficiente indicar, como fundamento, que éste, en una época anterior al presente sumario, había solicitado que se instruyera una investigación sumaria para indagar un hecho que habría tenido relación con las labores que desempeñaba el inculpado.
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Enseguida, el afectado sostiene que las imputaciones de que fue objeto son imprecisas, ambiguas e infundadas. Sobre este aspecto, cabe indicar que en el acta de cargos que rola a fojas 1.386 a 1.396 del proceso, aparece que aquéllas se especificaron, en opinión de este Ente Contralor, en forma clara y concreta los acontecimientos constitutivos de las infracciones en que el encausado incurrió, permitiendo a éste, según consta en sus descargos de fojas 1.403 y siguientes, tener cabal conocimiento de cada una de las conductas reprochadas, respetándose plenamente su derecho a defensa.
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A continuación, manifiesta el interesado que el fiscal no dio lugar a una serie de diligencias probatorias solicitadas en su escrito de descargos y que, a su juicio, eran esenciales para su adecuada defensa, ni abrió un término probatorio para tal fin, a lo que se suma que esta resolución del fiscal no le fue notificada personalmente.
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Al respecto, cabe anotar, que del detenido estudio de las piezas que conforman el expediente sumarial, este Organismo ha verificado, en fojas 1.440 y siguientes, que el inculpado no rindió pruebas destinadas a desvirtuar los cargos que se le imputaron, sino que se limitó a solicitar que se llamara a declarar a autoridades de la Universidad, y a que se efectuaran diligencias referidas a acontecimientos ocurridos con posterioridad a los hechos investigados, no advirtiéndose que su realización tuviera por objeto esclarecer su responsabilidad funcionaria.
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Acorde con lo anterior, consta en fojas 1.465 que el fiscal procedió a acoger solamente las diligencias estimadas pertinentes para el esclarecimiento de los hechos, razón por la cual tal actuación, y el hecho de no haberle comunicado al inculpado de manera personal tal providencia, no han constituido vicios que afecten la tramitación del proceso.
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Resulta menester indicar, por lo demás, que el inciso segundo del artículo 138 del Estatuto Administrativo establece que si el inculpado solicitare rendir prueba -lo que, según se ha expresado, no ocurrió en la especie-, el fiscal señalará plazo para tal efecto, resultando útil señalar que la jurisprudencia administrativa de esta Contraloría General, contenida en los dictámenes N°s. 17.769, de 1994 y 10.561, de 2003, entre otros, ha manifestado que sólo es imperativo para el fiscal recibir la prueba que el inculpado ofrece rendir, indicando el término para ello, de modo que no se encuentra obligado a acceder, si aquél se limita a pedir que se ordenen determinadas diligencias.
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Por otra parte, en torno a la reclamación que plantea el peticionario, en orden a que en el sumario no se le reconoció la atenuante de irreprochable conducta anterior, corresponde señalar que tal circunstancia no constituye arbitrariedad alguna.
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Lo anterior, por cuanto la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Contralora, en sus dictámenes N°s. 47.412, de 2007 y 5.212, de 2009, entre otros, ha expresado que al estar asignada por la ley una sanción específica para determinada infracción -como aconteció en el presente caso-, la autoridad sancionadora se encuentra en el imperativo de disponerla, no pudiendo aplicar una medida correctiva, ni ponderar las circunstancias que eventualmente podrían aminorar la responsabilidad funcionaria de aquéllos.
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A continuación, el interesado impugna lo que, en su concepto, constituye una intervención anómala del Contralor Interno de la mencionada Casa de Estudios, pues éste emitió un informe relativo al sumario en comento, sin que exista normativa que autorizara tal intervención, buscando encauzar la decisión del señor Rector en torno a la sustanciación del proceso.
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En este orden de ideas, es dable aclarar que el pronunciamiento expresado por la antedicha Contraloría Interna de la Universidad, resulta ser una apreciación no vinculante para la máxima autoridad universitaria, siendo menester añadir que se trata de una actuación que le incumbe efectuar de acuerdo con lo previsto en el artículo 10, letra b), de la resolución exenta Nº 4.410, de 1995, de la Universidad Tecnológica Metropolitana, que fija el Reglamento de la aludida Unidad de Control Interno, y que establece, en lo que interesa, que aquélla velará para que la instrucción de procesos destinados a determinar la responsabilidad de miembros de la comunidad -funcionarios o estudiantes-, se ajusten a los procedimientos y normas señalados en la legislación vigente.

Finalmente, el solicitante expresa que no ha sido notificado de la resolución que resolvió el recurso de reposición que interpuso. En relación con esta alegación, es menester indicar que la reposición en subsidio que hizo valer aquél ante la autoridad universitaria, fue denegada, según se infiere de los numerales 2 y 3 de los Considerandos del decreto sancionatorio, resultando útil anotar, acorde con lo precisado por la jurisprudencia administrativa de este Ente Contralor, contenida, entre otros, en sus dictámenes N°s. 20.913, de 1992 y 11.207, de 1993, que no es necesario dictar un documento para denegar tal recurso, bastando dejar constancia de ello en el expediente, comunicándose esa decisión al interesado.
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Ahora bien, el hecho de que el recurrente no haya sido notificado formalmente de tal rechazo, no constituye un vicio que afecte la eficacia del proceso, pues no se ha visto afectado en modo alguno su derecho a defensa, teniendo en cuenta que en la especie no concurre el recurso de apelación, atendida la naturaleza de ente descentralizado de la citada Universidad.
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En consecuencia, habiéndose examinado el sumario en comento, se ha podido comprobar que aquél se ha tramitado con apego a la normativa que regula la materia, contenida en el Título V de la ley Nº 18.834, sin que se adviertan vicios que afecten su legalidad, siendo menester agregar que las alegaciones hechas valer por el reclamante no permiten alterar el criterio sancionador adoptado por la autoridad a su respecto, las que, por lo demás, son las mismas que planteó tanto en sus descargos como en el recurso de reposición, instancias a través de las cuales no logró desvirtuar las imputaciones formuladas en su contra.
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Sobre la base de las consideraciones establecidas, este Órgano de Control desestima la presentación interpuesta y procede a cursar el decreto Nº 258, de 2009, de la Universidad Tecnológica Metropolitana.
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Ramiro Mendoza Zúñiga
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Contralor General de la República

EL DIFÍCIL PROCESO DE EVALUAR EL QUEHACER ACADÉMICO UNIVERSITARIO Y EL EJERCICIO DEL CONTROL

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LOS CONTROLES, LAS SANCIONES Y EL DEBIDO PRINCIPIO DE AUTORIDAD
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En la actual coyuntura de la UTEM, muchos analizan las responsabilidades que los "otros" tienen en la crisis de la universidad.
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Lo más cómodo en estos casos es echarle la culpa a las estructuras universitarias estatales, y en particular a las de la UTEM, que son manifiestamente perversas.
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Pero eso no difiere mucho a lo que señala el viejo refrán del ' cojo que le echa la culpa al empedrado', pues por malo que esté el camino, no por ello debemos tropezar.
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Mientras más se reflexiona sobre las causas que nos llevaron a esta situación, más surgen en la memoria la historia de los asentamientos de la Reforma Agraria, los que salvo raras excepciones fracasaron rotundamente como unidades productivas, pese a contar con el recurso tierra abundante y el apoyo de INDAP y la CORA.
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Disculpan nos sobran, tanto a unos como a otros.
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Otra causal, muy fácil de recurrir en estos tiempos, es la recurrencia a centrar la culpa en unos pocos responsables que encabezaron el lento y progresivo camino de la auto destrucción, como si estos hubieran tenido el poder innato de corromper el sistema y su gente; o, hubieran tenido la genialidad para engañarnos burdamente a todos.
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Lamentablemente, cuando no se apunta a las causas profundas de un mal, en la sociedad al igual que en la medicina, sólo se termina administrando placebos o paliativos, mientras la enfermedad progresa indefectiblemente.
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Es cierto, aunque nos duela decirlo o pensarlo, nada de lo que ha ocurrido hubiera sido posible sin la colaboración pasiva, y en algunos casos activa, de una mayoría relativa importante de académicos y estudiantes, además de la negligencia manifiesta del Estado de Chile en su rol orientador y controlador de la administración de los recursos del país.
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No tener clara la responsabilidad colectiva, dificultará gravemente la salida racional de la actual situación.
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En el caso de las pequeñas comunidades, la falta de un principio de autoridad fuerte y respetado, impide el ejercico legítimo del Control, y más aún de la sanción o del premio asociados al acto de controlar.
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En reemplazo de la autoridad legítima, se puede instaurar un PODER lo suficientemente fuerte y estable que permita controlar y sancionar, para mantener una situación de abuso de un sector social sobre otro.
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En el primer caso, el control se ejerce por derecho propio de la autoridad y no requiere de sapos ni de informantes interesados en hacerse los "útiles " al jefe.
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En cambio, cuando el poder de controlar deriva de la fuerza o de la violencia, aparecen los "servicios de inteligencia" de todo tipo, dedicados a recabar información "sapeando", "cuenteando", "tirando lenguas a los incautos" o inventando.

lunes, 30 de noviembre de 2009

VICERRECTORÍA ACADÉMICA INFORMA AVANCES EN PROCESOS DE ACREDITACIÓN

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COMUNICADO
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Estimada Comunidad:
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Tenemos el agrado de informarles que después de un proceso de revisión y análisis junto a los Profesionales de la Dirección de Evaluación Académica y de las Comisiones de Modelo Educativo y Asesoramiento de la Vicerrectoría Académica, estamos finalizando el Modelo Educativo Institucional.
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Hoy lunes 30 de noviembre se ha realizado un taller de análisis sobre el particular para, posteriormente, ser entregado a conocimiento del Sr. Rector y a los miembros del Consejo Académico para su discusión y, en el más breve plazo, ser presentado al Consejo Superior.
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Frente a esto, es fundamental que participen de una última encuesta que será enviada a su correo institucional este miércoles 02 de diciembre con la cual se espera confirmar los principales tópicos, declarados en nuestro Modelo Educativo Institucional. Con esta indicación, estamos participando activamente con las Direcciones Generales de Planificación y de Autoevaluación y Acreditación, a las cuales se les va entregando todo lo que elabora la Vicerrectoría Académica.

Para mayor información visitar el blog de Vicerrectoría Académica, que estará nuevamente en funcionamiento desde el 01 de diciembre del 2009.

Les saluda cordialmente.

HUGO OMAR INOSTROZA SÁEZ
VICERRECTOR ACADÉMICO

Santiago, noviembre 30 de 2009.

LAMENTAMOS NO HABER PODIDO CUMPLIR LO ANUNCIADO

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1.- SECRETARÍA GENERAL SE RETRASÓ EN PUBLICACIÓN DE
LAS ACTAS PROMETIDAS EN SU NUEVA PÁGINA WEB.
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Al parecer, algunas dificultades técnicas retrasaron la puesta en marcha de la nueva página Web que utilizará la Secretaría General .
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2.- EL ENVÍO DE LA PROGRAMACIÓN ACADÉMICA 2009
DIGITALIZADA SE REALIZARÁ MAÑANA
MARTES PRIMERO DE DICIEMBRE.

PUBLICACIÓN DE PROGRAMACIÓN ACADÉMICA SEGUNDO SEMESTRE 2009

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HOY LUNES 30 ESPERAMOS PODER PUBLICAR PROGRAMACIÓN
ACADÉMICA ACTUALIZADA AL 13 DE NOVIEMBRE DEL 2009
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De acuerdo a lo informado por Vicerrectoría Académica, finalmente se podrá disponer de la Programación Académica del Segundo Semestre del 2009, después de una sucesión de ajustes y revisiones que se derivan de modificaciones producidas en la Programación inicial. Uno de los factores que inciden en los cambios es la creación y supresión de secciones durante el curso del semestre, incluso cuando este está bastante avanzado.
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Otro factor que ha incidido en las modificaciones, de acuerdo a la información recabada, es la integración del sistema modular de algunas de las carreras vespertinas y de Criminalística a la modalidad UTEM, y que anteriormente se administraban por EDUTEM.
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Sin embargo, este problema debiera resolverse, si se pudiera contar con una adecuada y oportuna planificación de los cursos a dictar por las diferentes carreras.
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EN DESARROLLO