jueves, 29 de julio de 2010

UTEM NUEVAMENTE EN LA PALESTRA PÚBLICA POR POSIBLE ERROR DE GESTIÓN DEL PASADO NO RESUELTO : EL MERCURIO

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DE EL MERCURIO: LÍNEA DIRECTA , SECCIÓN RECLAMOS, JUEVES 28 DE JULIO 2010.
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El caso de Alejandra Muñoz:

Asegura que pagó deuda de universidad y sigue en mora
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La UTEM, en tanto, sostiene que lo que aún debe la ex alumna es el monto del crédito universitario.
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"Estudié en la UTEM en 1996, dejando una deuda pendiente que saldé en 2007, por un monto de $341.231. En esa ocasión, me extendieron un certificado que señalaba que no tenía morosidad con ellos. El problema es que nunca me eliminaron del Boletín Comercial y pese a que he ido en reiteradas ocasiones a regularizar mi situación, no consigo hacerlo", nos contó la lectora Alejandra Muñoz Chacón.
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Señala en su carta a Línea Directa que no comprende cómo, después de tantos años, sigue figurando en mora. Más encima, afirma que le informaron que si no saldaba el monto pendiente sus antecedentes serían enviados a Dicom. "¡Me están perjudicando sin motivo!", asegura.
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El administrador del Fondo Solidario de Crédito Universitario de la Universidad Tecnológica Metropolitana (UTEM), Jaime Arancibia, nos explicó que el arancel para la carrera de ingeniería de ejecución en geomensura en 1996 fue de $732.600. La ex alumna acordó un pago en dos partes: uno directo con la suscripción de 10 letras por un monto de $402.930 cancelable dentro del año académico; y otro con la firma de un pagaré de crédito universitario por $329.670. .
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Este último equivale al 45% del arancel anual, cuya liquidación se inicia dos años después de su última matrícula, según lo establece la Ley 19.287.
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Precisa que, al no dar cumplimiento al pago directo de su arancel, se procedió al protesto de las letras. La lectora las canceló once años después, haciendo la aclaración en el Boletín de Informes Comerciales.
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Respecto del segundo compromiso, éste se hizo exigible a partir de 1999 y, para determinar el monto de la cuota anual, "doña Alejandra debía presentar todos los años su declaración de ingresos (artículo 11º de la citada norma). Al no hacerlo, se determinó anualmente el monto equivalente a 20% de la deuda".
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A la fecha, la reclamante registra una morosidad por concepto de crédito universitario, "la que se encuentra debidamente publicada en el boletín. Doña Alejandra tiene acceso a la información detallada de su deuda a través de nuestra página web (www.utem.cl), cliqueando el link fondo de crédito", concluyó.
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2 comentarios:

René Peña Aguilar dijo...

La Intención lo Vale. A no Claudicar.

Muchos Saludos.

CURVATURA TEMPORAL, INFLEXIÓN ESPACIAL.

René Peña Aguilar dijo...

Nada nuevo bajo el Sol, pero a mi entender, independiente de la importancia que tiene el tema para la afectada. La Casuística es la Casuística.

UNA GOLONDRINA, NO SIEMPRE HACE VERANO.

CURVATURA TEMPORAL, INFLEXIÓN ESPACIAL.