martes, 9 de septiembre de 2008

CARTA A RECTORA(S) DE AFAUTEM

ASOCIACIÓN DE ACADÉMICOS PROPONE
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MODIFICACIONES REGLAMENTO ELECTORAL
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Y ANTICIPO DE ELECCIONES
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Mesa Directiva de la AFAUTEM, acompañada por comitiva de académicos nominada en asamblea reciente, Srs. Luis Pinto Faverio, María Victoria Vallejos Amado y Manuel Jeria Orell, hicieron entrega oficial de propuestas de la Asociación para adelantar elecciones de rector y convocar a la brevedad a elección de consejeros vacantes.
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Rectora(s), recibió a la comitiva junto a su staff de abogados y Vicerrector Académico e intercambiaron opiniones e información durante dos horas.
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Adjuntamos la carta y un breve resumen de la reunión.
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Sra. Haydée Gutiérrez Vilches
Rectora (S)
Universidad Tecnológica Metropolitana
Presente

De nuestra consideración:

La Asociación de Académicos de la Universidad Tecnológica Metropolitana, en asamblea efectuada el día 4 de Septiembre último y teniendo a la vista la grave situación por la que atraviesa nuestra Casa de Estudios y por la unanimidad de sus miembros, ha acordado dirigirse a usted, en su calidad de Presidenta del Consejo Superior, para solicitarle lo siguiente:

PRIMERO: Invalidación de la anterior convocatoria a Elección de Rector al no darse cumplimiento a la normativa electoral de la Universidad en cuanto a los procesos que se seguían.

Esto conforme lo dispuesto en el Art. 53 de la Ley N° 19.880, que faculta a la autoridad administrativa invalidar un acto administrativo contrario a derecho; en el caso de la convocatoria, al tratarse de un acto administrativo mixto, considera la participación de dos órganos de gobierno universitario superiores, la propuesta de invalidación deberá hacerla el Rector, aprobarla el Consejo Superior y dictarse la resolución exenta que así lo refrende.

Lo expresado no sería procedente si se estimare que la fecha señalada por el Consejo Superior (15 de enero de 2009), en la sesión inmediatamente siguiente a la asunción de la Sra. Rectora Subrogante no revistió el carácter de convocatoria.
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NOTA: CONTINÚA EN PRIMER COMENTARIO

17 comentarios:

Claudio Vila Ceppi dijo...

SEGUNDO: La aprobación de la modificaciones a la Resolución Exenta N° 04559 de 2002, o “Reglamento del Tribunal Calificador de Elecciones para la Elección de Rector de la Universidad Tecnológica Metropolitana”, relativas a las siguientes normas de su articulado:

• Artículo 12°, inciso primero, reemplazarlo por el siguiente, manteniendo sin modificaciones el resto de los incisos:

“Corresponderá al Tribunal Calificador de Elecciones, disponer la confección de votos debidamente foliados, con una colilla desprendible, y de distinto color de acuerdo a la ponderación de éstos, proveer de una sola urna, los materiales y cámara(s), fijar el lugar de votación e impartir los instructivos que sean necesarios para el correcto y normal desarrollo del proceso eleccionario. Dichos instructivos tendrán carácter de obligatorio”.

• Artículo 13°, reemplazar su texto por el siguiente:

“Artículo 13°

Para los efectos de la votación, ésta se llevará a efectos en la Casa Central de la Universidad, en un lugar que garantice un acceso libre y expedito, habrá una única mesa receptora de sufragios con una única urna y cámara(s) secreta(s).
La mesa estará integrada por un Presidente, un Secretario y dos Vocales, pudiendo integrarse un apoderado por cada candidato.
El Tribunal Calificador de Elecciones designará por sorteo, de entre los académicos de jornada completa, las personas que integrarán la mesa receptora, exceptuando a los candidatos a Rector, a los Consejeros Superiores y a los Directivos Superiores.”

• Insertar un nuevo Artículo 13° bis, pasando a ser el actual el Artículo 13° ter del mencionado Reglamento, con el siguiente tenor:

“Artículo 13 bis
Cada votante, antes de sufragar, deberá acreditar su identidad ante la mesa de sufragios exhibiendo su cédula de identidad y firmar el listado que al efecto se confeccione para registrar su asistencia al proceso, que deberá existir en la mesa.

Lo anterior no será exigible a los votantes que se encuentren en el extranjero.”

• Reemplazar el Artículo 14°, por el siguiente:

“Artículo 14°

El Tribunal Calificador de Elecciones determinará la hora de constitución y cierre de la mesa receptora de sufragios, considerando para ello la disponibilidad de horario de los académicos o profesores que participen en la votación, no pudiendo ésta funcionar menos de 12 horas continuas. En ningún caso la mesa podrá funcionar sólo con los apoderados de los candidatos. ”

• Reemplazar el inciso tercero del Artículo 16° por el siguiente, manteniendo sin modificaciones el resto de los incisos:

“Junto con los sobres, el Secretario de la mesa receptora entregará al Tribunal Calificador de Elecciones el acta pormenorizada del proceso eleccionario con el resultado del escrutinio, en letras y en cifras, firmada por todos los integrantes de la mesa. De esta acta deberá quedar una en exhibición.”

TERCERO: Que la Sra. Rectora Subrogante dicte la resolución exenta modificatoria de la Resolución N° 04559 de 2001, que contenga las innovaciones precedentes, el día siguiente hábil de celebrarse la sesión del Consejo Superior que las apruebe, y que debe ser la próxima que realice el Consejo Superior de la Universidad, no pudiendo, bajo ningún pretexto, exceder al día 23 de septiembre. Dicha resolución deberá quedar totalmente tramitada, a más tardar, el día subsiguiente hábil posterior a la fecha de mencionado acuerdo.

CUARTO: Que la Sra. Rectora Subrogante convoque a una sesión extraordinaria del Consejo Superior el día siguiente hábil al que quede totalmente tramitada la mencionada resolución modificatoria, cuya tabla deberá contener los siguientes puntos:

1°.- Convocatoria a elección de Rector y el sorteo de los miembros, titulares y suplentes, del Tribunal Calificador de Elecciones que la normativa electoral de la Universidad contempla para ese efecto.

La Sra. Rectora Subrogante deberá tomar todas las providencias necesarias para que se cuente con la información actualizada y fidedigna que sea menester para realizar el mencionado sorteo, instruyendo al efecto a la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos.

2°.- Fijación de la fecha para la mencionada elección para el día miércoles 3 de diciembre del 2008.

Para este fin y en aras de que el proceso electoral al que se convoque cumpla rigurosamente las etapas y plazos que lo revisten de validez, le solicitamos tener presente la secuencia de eventos que conforme a nuestra reglamentación electoral se deberán observar:

 Convocatoria: 10 días siguientes hábiles a la vacancia, por el Consejo Superior, Art. 11, Decreto 149 de 2001. Conjuntamente, debe hacerse sorteo de miembros del Tricel (7 miembros, académicos jornada completa, Art. 4°, Res. 04559 de 2002).

Dado que lo anterior no se verificó, sino tan sólo se acordó una fecha de elección, cabe ahora subsanarlo, realizándolo en la forma prevista en la normativa universitaria. Si se estimara que sí hubo convocatoria, cabe aplicar el Art. 53 de la Ley N° 19.880, que permite a la autoridad administrativa invalidar un acto administrativo contrario a derecho; en el caso de la convocatoria, al tratarse de un acto administrativo mixto, al comprender la participación de dos órganos de gobierno universitario superiores, la propuesta de invalidación deberá hacerla el Rector, aprobarla el Consejo Superior y al mismo tiempo, dictarse la resolución exenta que así lo refrende.

La convocatoria implica la emisión de una Resolución Exenta de Rectoría para ejecutar el acuerdo del Consejo Superior (Art. 11°, letra m) del Estatuto Orgánico de la Universidad. En esa resolución se fijará la fecha de la elección (indicada por la convocatoria del Consejo Superior) y el llamado a inscripción de candidaturas, señalando que este trámite debe hacerse antes de los 20 días precedentes a la fecha de la elección, en cumplimiento del Art. 5° del Decreto 149 de 2001 y del Art. 9° de Res. N° 04559 de 2002.

 Constitución de Tricel: dentro de dos días hábiles siguientes a convocatoria (fecha de Resolución Exenta que la contiene). Se designará a un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, dos vocales y dos suplentes.

 Académicos en el extranjero: Hecha la convocatoria, el Secretario General deberá hacerla llegar, vía correo electrónico, a todos los académicos en el extranjero con derecho a voto, certificando este hecho. Esta certificación deberá hacerse llegar al Tricel dentro de los dos días hábiles siguientes. (Art. 6 bis, Res. N° 04559 de 2002.

La determinación de quienes son esos académicos le incumbe a la Dirección de Investigación y Desarrollo Académico de la Vicerrectoría Académica (Art. 2°, inciso 3°, de Res. N° 04559 de 2002).

 Elaboración y publicación de nómina de académicos con derecho a voto. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de constitución del Tricel. Dentro del mismo plazo, debe hacerse llegar la nómina a los académicos en el extranjero antes señalados.

La información necesaria para la elaboración de la nómina debe proveerla el Departamento de Recursos Humanos, dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de constitución del Tricel. La información relativa a la residencia de los académicos en el extranjero deberá certificarla la Dirección de Investigación y Desarrollo Académico.

La publicación de la nómina de votantes debe contener a los académicos de las tres más altas jerarquías con un año de antigüedad en las mismas (Art. 3°, Decreto N° 149 de 2001).

Todo lo anterior, conforme lo dispuesto en el Art. 7° de la Res. N° 04559 de 2002.

 Reclamos por omisión de académicos votantes en la nómina antes señalada. Dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la nómina, podrá presentarse reclamación ante el Tricel por omisión de votantes.

La resolución de esos reclamos debe hacerse dentro de los dos días hábiles siguientes a su recepción, comunicándolo al reclamante por escrito. Aparte de esto, el Tricel deberá complementar la nómina de votantes con aquellos a los que se les haya acogido el reclamo recién indicado, tan pronto haya vencido el plazo de resolución de reclamos. Después de esto, la nómina de votantes es inmodificable.

Tratándose de los académicos en el extranjero, deberán hacer llegar su reclamo dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de la publicación de la nómina de votantes, la que deberá enviársela por el Tricel, vía electrónica.

Todo lo anterior, conforme lo dispuesto en el Art. 8°, inciso final, de la Res. N° 04559 de 2002.

 Inscripción de candidaturas: La inscripción de candidaturas deberá hacerse hasta 20 días hábiles anteriores a la fecha de la elección. En el mismo plazo deberá hacerse la inscripción del programa de las respectivas candidaturas. Arts. 5 del Decreto N° 149 de 2001 y 9° de la Res. N° 04559 de 2002.
La forma y requisitos de la inscripción de candidaturas y respectivos programas, están establecidos en el Art. 5° del Decreto N° 149 de 2001.

 Publicación de candidaturas: Dentro de las 24 horas siguientes al vencimiento del plazo recién señalado, el Tricel deberá publicar la nómina de candidatos a Rector. Dentro del mismo plazo, deberá comunicarse esa nómina a los académicos que están en el extranjero, vía correo electrónico, junto con el currículo vitae de cada candidato.
Art. 10° de Res. N° 04559 de 2002.

 Plazo para presentar reclamos por omisión de candidatura: Hasta las 13.00 hrs. del día siguiente hábil a la fecha de publicación de la nómina de candidatos.

Tricel deberá pronunciarse dentro de las 24 horas siguientes al vencimiento de ese plazo.

 Confección de votos. Vencido el plazo de resolución de reclamos, el Tricel dispondrá la confección de votos, en la forma dispuesta en el Art. 12° de la Res. N° 04559 de 2002.

Tan pronto estén impresos los votos, el Presidente del Tricel deberá remitir votos a los académicos que se encuentren en el extranjero con derecho a sufragio, en los términos previstos en el Art. 12 bis de la Res. N° 04559 de 2002.

Serán considerados como votos válidamente emitidos desde el extranjero aquellos que se recepcionen por el Notario Público designado al efecto, hasta las 18.00 horas del día de las elecciones.

 El proceso de votación y escrutinio están previstos en la Resolución N° 04559 de 2002, entre sus artículos 13° a 16°, ambos inclusive.

 Reclamaciones posteriores al proceso electoral: Hasta las 21:00 hrs. del día siguiente de terminada la votación, se podrá presentar reclamos, los que serán resueltos por el Tricel dentro de las 48 horas siguientes al vencimiento de ese plazo. (Art. 17° de Res. N° 04559 de 2002).

Vencido el plazo para hacer reclamaciones sin que se hubieren verificado éstas, o una vez resueltas, de haberse presentado, el Tricel declarará cerrado el proceso electoral y enviará el acta con los resultados del proceso, al Consejo Superior, para la confección de la terna que se elevará a la Presidencia de la República, para los fines previstos en el Art. 10° del Estatuto Orgánico de la Universidad.

 Segunda y tercera vuelta. En caso de que ninguno de los candidatos lograse la mitad más uno de los votos válidamente emitidos, el Consejo Superior deberá convocar a una segunda votación entre los candidatos con las dos más altas mayorías relativas. Esto al quinto día hábil de verificarse la primera. Si en la segunda votación se produjere empate, deberá convocarse a una tercera votación para las 48 horas siguientes de verificarse la segunda votación. Esto, en conformidad a lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto N° 149 de 2001.

 La confección de la terna a elevarse a la Presidencia de la República. Se hará en conformidad a lo dispuesto en el Art. 6° del recién citado Decreto.

QUINTO: La aprobación de la modificaciones a la Resolución Exenta N° 03782 de 2004, que fija normas para Elección de Consejeros Superiores de la Universidad Tecnológica Metropolitana, relativas a las siguientes normas de su articulado, considerando que se dictará para completar los dos cupos vacantes actuales:

• Artículo 5°, inciso segundo, reemplazarlo por el siguiente, manteniendo sin modificaciones el resto de los incisos:

“Cada académico podrá marcar una sola preferencia.”

• Artículo 12°, reemplazarlo por el siguiente:

“El Rector junto con la convocatoria a elección llamará a inscripción de candidatos, la que deberá efectuarse ante el TRICEL por escrito y en formulario proporcionado por éste, hasta 5 días hábiles antes de la fecha de la votación, incluyendo currículo vitae.”

• Artículo 16°, reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo 16°
Para los efectos de la votación, ésta se llevará a cabo en la Casa Central de la Universidad, en un lugar que garantice un acceso libre y expedito, habrá una única mesa receptora de sufragios con una única urna y cámara(s) secreta(s).
La mesa estará integrada por un Presidente, un Secretario y dos Vocales, pudiendo integrarse un apoderado por cada candidato.
El Tribunal Calificador de Elecciones designará por sorteo, de entre los académicos de jornada completa, las personas que integrarán la mesa receptora, exceptuando a los candidatos a Consejeros Superiores, a los Consejeros Superiores y a los Directivos Superiores.”

• Artículo 17°, reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo 17°
El Tribunal Calificador de Elecciones determinará la hora de constitución y cierre de la mesa receptora de sufragios, considerando para ello la disponibilidad de horario de los académicos o profesores que participen en la votación, no pudiendo ésta funcionar menos de 12 horas continuas. ”

• Artículo 18°, reemplazar el inciso 4.- por el siguiente manteniendo sin modificaciones el resto de los incisos:


“Artículo 18°
4.- Serán votos válidamente emitidos aquellos que tengan marcada sólo una preferencia mediante una raya vertical que cruce la horizontal impresa al lado izquierdo del número del candidato.
Los votos que la mesa considere marcados deberán escrutarse, debiendo dejarse constancia en el acta de los accidentes estimados como marcas y de la preferencia que contengan.
Serán nulos y no se escrutarán los votos en que aparezca marcada más de una preferencia. La mesa dejará constancia al dorso de éstos del hecho de su anulación y de la circunstancia de haberse reclamado o no de esta decisión.
Se considerarán votos en blanco y no se escrutarán, aquellos que aparezcan sin la señal que indique la preferencia del elector.
Asimismo se dejará constancia de los votos reemplazados.”

• Artículo 22°,reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo 22°
Resultarán elegidos los candidatos que obtengan las dos más altas mayorías.
En caso de producirse un empate que impida la completación de la elección de los cupos para Consejeros, se procederá a una segunda votación entre los candidatos empatados que disputen el o los cupos restantes, dentro de los 5 días hábiles siguientes.”

• Artículo 23°,reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo 23°
Determinados quienes sean los candidatos electos, el Rector procederá a dictar el acto administrativo que formalice su designación como miembros del Consejo Superior dentro de los dos días hábiles siguientes.”

SEXTO: La Rectora Subrogante deberá convocar a las sesiones extraordinarias que sea menester al Consejo Superior, en el mínimo plazo posible para cumplir con toda la legalidad para que la elección de Consejeros Superiores pueda llevarse a cabo en el mes de octubre.


Muy respetada Señora Rectora Subrogante, los abajo firmantes estamos convencidos que las solicitudes contenidas en esta carta serán favorablemente acogidas por usted, alcorresponder ellas a los intereses superiores de la Universidad Tecnológica Metropolitana y a las aspiraciones que en el momento presente anima a la inmensa mayoría de los integrantes de su estamento académico, en orden a que ella retorne a la mayor brevedad posible a la normalidad institucional y al pleno y legítimo funcionamiento de sus instancias superiores de gobierno, de modo tal de que estas y sólo estas, de forma autónoma y transparente, puedan acometer con las urgentes innovaciones estatutarias, estructurales y operativas que nuestra Casa de Estudios requiere acometer con urgencia, frente al complejo escenario que le ofrece su futuro inmediato.

Agradeciéndole de antemano, a nombre de toda la Comunidad Universitaria y propio, su positiva respuesta, le saludan


TomásMassardo Tesorero
Max Sepúlveda
Presidente
Elisa Rosales
Secretaria

Anónimo dijo...

Bueno, pero que dijo la Rectora S.
esta o no esta de acuerdo con las propuestas.

Anónimo dijo...

Un buen aporte. Un poco tardío. nos habríamos ahorrado muchos dolores de cabeza si las últimas elecciones se hubieran hecho con estas modificaciones.

Más vale tarde que nunca.

Sin embargo, es una ingenuidad pensar que el problema UTEM se resuelve con modificar el reglamento y apurar la elección de rector y consejeros.

Eso puede ayudar. pero es indispensable que las gruppos de académicos que trabajan y han trabajado para la UTEM y no para sus bolsilos, SE REUNAN Y FORMULEN UNA PROPUESTA PARA SER ANALIZADA POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y HACIENDA Y CONSEGUIR EL APOYO QUE REQUERIMOS EN FORMA INDISPENSABLE.

PERO PARA ESO NECESITAMOS CREDIBILIDAD, Y NINGUNO DE LOS OPERADORS POLÍTICOS DE NUESTRA UNIVESIDAD LO TIENE. (Mucho menos el equipo directivo de Abendaño y sus vicerectores,y consejeros superiores elegidos a dedo que alegremente destruyeron la UTEM, y la semana reciente lo celebraron en el club de carabineros.

Anónimo dijo...

Otra vez la Sra. Maria Victoria escribiendo cartas, parece que tiene tiempo de sobra. Pero lo más grave que se le olvidó totalmente quienes fueron los reales responsables de la catástrofe que vive la UTEM, la Subrogante sólo es un instrumento de su propio grupo y dicen que esta Señora quiere ser rectora, que ese día "nos pille confesados". En todo caso la Comunidad UTEM tendrá el Rector que se merece, el que democraticamente elijan los académicos. Si es ésta Señora lo que nos merecemos voten por ella y tendremos un Regimiento en vez de Universidad, de todos nosotros depende el futuro de la UTEM

Anónimo dijo...

Al comentarista de las 15:06 le recomiendo que a estas alturas lo mejor que podría pasar es que la Utem funcione como un regimiento para ver si una vez por todas se solucionan los problemas. Si bien no concuerdo en algunas cosas con la colega Vallejos admiro su capacidad de dar la cara y enfrentar los problemas y no como la mayoría de los cobardes que sólo se dedican a criticar esperando que les llegue el sueldo a fin de mes..... que dicho sea de paso lo mas probable es que ya no puedan seguir con la bicicleta este grupo de incompetentes que hoy tiene a nuestra universidad en un hoyo peor que el que dejo Avendaño.

Anónimo dijo...

El comentarista de las 18:49, es un poquitín olvidadizo, si el bicicleteo lo venía haciendo Avendaño y a cualquiera que asumiera no le quedaba otra, ¿o Ud. cree que la Sra. a la que admira tiene una varita mágica? No olvide que era la Directora de Planificación de Avendaño, por tanto si pudo hacer algo ya no lo hizo, porque no había nada que hacer.
Seamos claros lo único que queda es que nos rebajen el sueldo en algún porcentaje. Ahora quiero ver a los que dicen amar a la UTEM. ¡Insisto, la única salida es una rebaja general a todos los sueldos de todos los funcionarios de la Universidad!, de lo contrario no llegamos a Diciembre.

Anónimo dijo...

No veo ningún cambio importante en la propusta de modificación de los reglamentos, salvo tener un sólo lugar de votación, que en vez de facilitar la votación la entorpece, lo único un poco más relevante es votar por un sólo candidato en las elecciones de Consejero, pero eso debe darse ,no sólo para ésta elección de dos consejeros sino para todas las elecciones, que no ocurra el ridículo de la elección de consejero NO académico, que se elije uno y se vota hasta por tres, eso deforma cualquier resultado. Las demás propuestas son de forma y procedimientos sin mayor importancia. Por tanto no debería tener oposición en el Consejo Superior. El problema es el adelanto de las fechas, yo estoy de acuerdo que la elección se haga lo antes posible, ahí pueden haber otros intereses en juego. Incluso de acuerdo a los reglamentos la elección se podría adelantar hasta mediados de Noviembre y no el tres de Diciembre. Ojo, no basta, por los procedimientos y reglamento de funcionamiento del Consejo Superior, que la Sra. Rectora haga llegar la carta de la Sociación a dicho Consejo, sino que ella debe presentar y proponer los cambios solicitados, sino el Consejo no las tramitará. Se debe obtener el compromiso de ella para que lo haga.

Anónimo dijo...

Al fin los académicos se ponen los pantalones de una vez, ojalá tengan conciencia de la gravedad de la situación actual y exijan a la brevedad elecciones, antes que los amigos de Rectoría asesores del PS se lleven los últimos pesos de la Utem y la Edutem.

Anónimo dijo...

¿Alguien duda a estas alturas del partido cual ha sido la mejor venganza de Avendaño?

Anónimo dijo...

Comentarista de las 15:06 ¡DEDÍQUESE A ECHAR A ANDAR EL ACUARIO!

¡PARA ESO SE LE PAGA!
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Anónimo dijo...

¿Desde cuando a una Universidad de verdad se le califica como "regimiento"?

Parece que a algunos les atormenta la idea de que la UTEM, con María Victoria o con Manuel, retome su espíritu originario.

A los que les debe doler y mucho, son aquellos que pensaban ser los dramaturgos de este período de transición y terminaron desplazados.

Claudio Vila Ceppi dijo...

Mejor un regimiento con la Sra. Vallejos que una colonia de socialistas mediocres y una muta de oportunistas.

Anónimo dijo...

Comentarista de las 15:06, parece que a usted le aterran los regimientos ¿No será usted sociolisto?

No tema, con la Sra. Vallejos la UTEM no se convertirá en un regimiento, sino en lo que debió ser siempre: UNA UNIVERSIDAD DE ACADÉMICOS Y CON VISIÓN ACADÉMICA.

No será como mucho?.

Anónimo dijo...

Por sobrecarga de trabajo, derivada del ingreso acelerado de datos en ACUARIO, nuestro personal no ha podido dedicarse a publicar comentarios en contra de la Sra. Vallejos.
Nuestras disculpas a los ex avendañistas.

J.H.T.
COMUNICACIONES.

Anónimo dijo...

Al comentarista de las 15.06. No exagere mi amigo en lo de regimiento.
En todo caso ¿Que prefiere usted para la Universidad: un regimiento o una muta de aprovechadores y acomodaticios, todos de un mismo partido político que pronto perderá el Gobierno?
A lo mejor se siente cómodo con la segunda alternativa, el resto de sus pares, si es que usted es académico, no.

Anónimo dijo...

No estoy de acuerdo con el comentario del colega de las 21:55 en lo que a rebaja de sueldo se refiere, sin antes preguntar porqué no se han tomado o no se tomaron otras medidas adicionales al cierre de sedes y empresas privadas, para este período de CRISIS, como por ejemplo:
Dejar sin asignación (por cargo) los cargos de jefaturas, y Directores de Departamento mantenerlos solo con una descarga adecuada para una buena gestión, dejar sin actividad o sin llenar los cargos de Directores de Escuelas, Directores de Investigación y perfeccionamiento ... y todos los cargos en la VTT, porque no creo que esto afecte grandemente su aporte a la innovación en la UTEM en una grave crisis económica y sin invertir dinero en su desarrollo,creo que se va más dinero en todos los sueldos que se estan pagando y recontratando profesores para que asumieran su carga académica, ahora si alguien piensa que no se puede dejar sin funcionar alguna de las ellas por este período, que se mantenga esa persona o (s) pero únicamente con una descarga académica de 8 h, por ejemplo y con su sueldo de profesor jornada completa.
Mantener los directores de departamento y los jefes de carreras con descarga (8 h) y sin asignación de cargo.

En la Facultad de Ingenieria da horror, ver cuanto dinero se despilfarra en asignaciones de cargos de Directores de escuelas, Directores de Departamento y Jefes de carrera y descargas horarias, por eso han debido contratar tanta, tanta gente. Pero el discurso de los miembros de esa Facultad es que ellos tienen la camiseta puesta de la UTEM, lo podrían haber demostrado de esta forma, ya que de ninguna otra forma lo han demostrado puesto que es por todos sabido y visto que siempre apoyaron incondicionalmente al Sr. Avendaño y todavía lo siguen haciendo, con honrosas excepciones por supuesto, pero me sobran dedos de una mano para contarlos.

Revisar tambien el sueldo de todas las personas que estan el los cargos de la plana mayor incluyendo a los Decanos, que tienen sueldo muy alto para una pobre univerdidad del Estado de Chile, todos con grados 2 y con sueldos especiales.

Debimos haber demostrado de alguna forma al gobierno, que reconociamos la crisis económica de la Universidad y las personas que asumieron en este período de transición no lo hicieron.

Lo que yo pude observar en este período es que las medidas más drásticas que se han tomado, es despedir algunos jefes de sedes, algunos funcionarios, y aumentarnos las horas de clases a 20 (ya haciamos 20???), pero se las van a exigir a los que en realidad no las hacian??, todos sabemos quienes son. Lo dudo, porque hay Departamentos en que hay muchos academicos y no existen suficientes horas para las jornadas completas incluso de planta, las 20h.

Estoy de acuerdo con la rebaja de sueldo siempre que se tomen medidas como estas antes y si esto no es suficiente, entonces si estoy de acuerdo.

Tampoco estoy de acuerdo con la medida que andan transmitiendo los ex-Avedañistas de planta (riéndose por los pasillos) en despidir a los profesores jornada completa a contrata, pero se han preguntado los de planta quien va a hacer el trabajo que estas personas realizan. Existen profesores a contratas que han realizado un gran aporte a la institución y a las carreras, así como tambien en Investigación, por eso pienso que esto se debe analizar con los papeles sobre la mesa. También se debe hacer un serio análisis sobre toda la ampliación de la planta en los últimos años y por qué no a todos los de la planta y ver quien realmente esta haciendo un gran aporte académico a la institución. Existen muchos que ya estan en período de jubilación, otros son jubilados recontratados y otros no hacen clases, sin mencionar los que no tiene suficientes méritos para ser profesores jornada completa y de planta.

Anónimo dijo...

No me parece justo que todos tengamos que financiar la debacle de que sólo algunos son responsables.
Me extraña que se nos pida a nosotros "ponernos", y quienes pagaron, recibieron dineros sin justificación estén libres.
Quizá son parte de ellos quienes sugieren estas medidas, porque total ellos tienen dinero de sobra, hasta para cambiar de auto.
¿Pregunto con mucha extrañeza: ¿porque no hay juicios legales? Avendaño, Mimica, Guerrero, Ortiz, Viviani, la ex-contralora que se fué muy campante
Sinceramente no sé que pasa, porque cuando asuma el nuevo rector ya habrá caducado el plazo legal para juicios.
¿Porqué se retiró la querella por el robo de discos duros?