CARTAS AL DIRECTOR DE EL MERCURIO, Lunes 18/Abril/2011
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Una visita importante
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Señor Director:
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Huguette Labelle, presidenta de Transparencia Internacional desde el año 2005, visita nuestro país en el marco del segundo aniversario del Consejo para la Transparencia. Sostendrá una serie de reuniones con los actores más relevantes de los distintos sectores de nuestra sociedad: Gobierno, Congreso, organizaciones no gubernamentales, sector privado y Consejo para la Transparencia, entre otros.
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Esta es una visita que nos halaga, pero que también nos compromete a avanzar en los temas de transparencia que aún están pendientes para, de este modo, alcanzar los estándares de transparencia de los países más desarrollados del mundo.
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VER CARTA COMPLETA EN :
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10 comentarios:
Bienvendo sea quienquiera que se comprometa con la lucha contra la corrupción de los funcionarios públicos.
Esa es una plaga peor que la droga que destruye las bases de la sociedad y paraliza el progreso haciendo más pobres a los pobres.
La Transparencia es uno de los mejores mecanismos para disminuir la corrupción.
Pero para que ello funcione se necesitan personas que se atrevan a hacer las denuncias recurriendo a las disposiciones de la Ley de Transparencia.
Un camino posible para hacer denuncias es el envio de los antecedentes a personas como el Senador Navarro que guarda el secreto de sus fuentes y tienen equipos de investigación con fuero para recabar información del sector público.
Aquí en la UTEM los Consejeros Superiores tienen plenas atribuciones y fuero para pedir y exigir la información pertinente para el control efectivo de las autoridades.
Sr. Editor:
He estimado, en aras de la transparencia, hacerme presente en su blog, con el fin de dar a conocer lo siguiente:
Con fecha 7 de marzo del presente año formulé personalmente al señor Rector en compañía de un colega, denuncia específicamente en contra de don Roberto Pereira León, Director Jurídico de esta Universidad, solicitando se instruyera el sumario administrativo en su contra por hechos que, de ser probados, ameritarían una eventual destitución.
Al día siguiente se formalizó dicha denuncia por escrito entregada en la propia oficina de Don Luis Pinto. A consecuencias de esto fui retirada del departamento Jurídico y asignada en funciones a la Contraloría Interna.
Contrariamente a lo por mi solicitado, se instruyó en principio Investigación Sumaria, procedimiento que atendida la gravedad de los hechos denunciados, resultaba insuficiente de aplicar. Ante esto le reiteré por escrito mi petición de Sumario al Sr. Rector quien tuvo a bien hacerme presente que había dispuesto dicha investigación sumaria en uso de sus facultades privativas y con el propósito de constatar la ocurrencia de hechos que ameritaran la instrucción de un Sumario, al mismo tiempo tuvo la deferencia de comunicarme que efectivamente este había sido ordenado, con fecha 23 de marzo de este año.
Desgraciadamente el sumario en cuestión no se instruyó específicamente en contra del funcionario Pereira, como había sido solicitado, con lo que desde luego se hacia imposible que se adoptara en su contra y resguardando mis legítimos intereses, la medida de suspensión temporal del cargo o destinación transitoria. Por el contrario se me comunicó verbalmente que el sumario se limitaba a estudiar hechos de manera innominada, incoado contra nadie especifico lo que involucra voluntaria o involuntariamente un grado de protección al denunciado que va mas allá de la norma del respeto a la privacidad; es decir no solo pone a resguardo su privacidad sino que lo beneficia impidiendo una medida cautelar transitoria.
CONTINUA
falta una parte, que va con mi firma
Carolina Julio
Abogado
El día jueves 14 del presente mes se nos comunicó que había sido aceptada la renuncia de don Gaspar Muñoz Abarzua, Contralor (S), produciéndose así la vacancia del cargo. En virtud del reglamento interno de la Universidad, el Director Jurídico cuestionado pasa automáticamente a subrogar el puesto vacante, produciéndose así una situación absolutamente impropia: el fiscalizado pasa a fiscalizar sus propios actos, es decir aquellos que haya dictado como Director Jurídico.
La ley prevé esta situación en el articulo 64 letra a) del estatuto administrativo, imponiendo al jefe de Servicio el cumplimiento de los fines que señala para los cuales, en este caso especifico se hace indispensable la aplicación del articulo 4º refrendado por el articulo 79, ambos de aquel cuerpo legal. Las disposiciones legales comentadas, precisamente, tienden a evitar situaciones como las que se van a producir cuando el ahora Contralor (S) Sr. Pereira León deba pronunciarse sobre la legalidad de los sumarios instruidos en su momento por el Director Jurídico…. Pereira León. ( Inclusive el solicitado en su contra por esta abogado!!).
La falta de aplicación de las normas citadas trajeron, además, aparejada la consecuencia de que a la denunciante se le volviera a redestinar, esta vez, a la Dirección de Administración, esto ha transformado a la suscrita no solo en una persona afectada seriamente en su dignidad por los hechos denunciados, sino que también en una abogado trashumante en nuestra querida universidad. Pienso que esto se debe no solo a la petición de sumario contra el funcionario mencionado.
En efecto, por disposición estatutaria me vi obligada a formular ante el Ministerio Público denuncia por hechos que objetivamente son constitutivos de delito en contra de nuestra institución. Debo hacerle presente que el mencionado Pereira León estaba en conocimiento de estos hechos desde mediados del año 2010 y tenía en su poder una querella redactada por este abogado, asistiéndole la obligación de presentarla en defensa de los intereses de la Universidad que lo emplea. La demora en la presentación de ese libelo implicaba el serio riesgo de la prescripción de las acciones que debíamos interponer. Esta omisión acarrea para el funcionario público no solo una sanción administrativa sino también penal.
Todo lo expuesto que tiene un extraordinario parecido a una persecución a la suscrita, no ha de conseguir su propósito y, por el contrario, solicitaré nuevo sumario administrativo en contra del Sr. Pereira León por no haber dado cumplimiento a su obligación legal.
Carolina Julio Albornoz
Abogado
El día jueves 14 del presente mes se nos comunicó que había sido aceptada la renuncia de don Gaspar Muñoz Abarzua, Contralor (S), produciéndose así la vacancia del cargo.
En virtud del reglamento interno de la Universidad, el Director Jurídico cuestionado pasa automáticamente a subrogar el puesto vacante, produciéndose así una situación absolutamente impropia: el fiscalizado pasa a fiscalizar sus propios actos, es decir aquellos que haya dictado como Director Jurídico.
La ley prevé esta situación en el articulo 64 letra a) del estatuto administrativo, imponiendo al jefe de Servicio el cumplimiento de los fines que señala para los cuales, en este caso especifico se hace indispensable la aplicación del articulo 4º refrendado por el articulo 79, ambos de aquel cuerpo legal.
Las disposiciones legales comentadas, precisamente, tienden a evitar situaciones como las que se van a producir cuando el ahora Contralor (S) Sr. Pereira León deba pronunciarse sobre la legalidad de los sumarios instruidos en su momento por el Director Jurídico…. Pereira León. ( Inclusive el solicitado en su contra por esta abogado!!).
La falta de aplicación de las normas citadas trajeron, además, aparejada la consecuencia de que a la denunciante se le volviera a redestinar, esta vez, a la Dirección de Administración, esto ha transformado a la suscrita no solo en una persona afectada seriamente en su dignidad por los hechos denunciados, sino que también en una abogado trashumante en nuestra querida universidad.
Pienso que esto se debe no solo a la petición de sumario contra el funcionario mencionado.
En efecto, por disposición estatutaria me vi obligada a formular ante el Ministerio Público denuncia por hechos que objetivamente son constitutivos de delito en contra de nuestra institución.
Debo hacerle presente que el mencionado Pereira León estaba en conocimiento de estos hechos desde mediados del año 2010 y tenía en su poder una querella redactada por este abogado, asistiéndole la obligación de presentarla en defensa de los intereses de la Universidad que lo emplea.
La demora en la presentación de ese libelo implicaba el serio riesgo de la prescripción de las acciones que debíamos interponer.
Esta omisión acarrea para el funcionario público no solo una sanción administrativa sino también penal.
Todo lo expuesto que tiene un extraordinario parecido a una persecución a la suscrita, no ha de conseguir su propósito y, por el contrario, solicitaré nuevo sumario administrativo en contra del Sr. Pereira León por no haber dado cumplimiento a su obligación legal.
Carolina Julio Albornoz
Rueego disculpar la demora en publicar lo informado por la Sra. Carolina Julio, pues la extensión de su comunicado supera la capacidad de mi equipo móvil.
Lo que ha siudo superado en equipo fijo.
Atte. Editor.
Sra. Carolina Julio : haré llegar esto directamente a Srs. Consejeros Superiores, pues me parece que se está sobrepasando claramente la legalidad en la institución.
A ellos les corresponde tomar medidas en esta materia.
Carolina, te conozco y creo en lo que dices.
Lamento lo que has tenido que vivir. No te dejes abatir.
"Nata te turbe, nada te espante..."
un abrazo
Fuerza Carolita, estamos contigo hoy y siempre.
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