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AL PARECER CONTRALOR ESPERÓ QUE RECTOR ASUMIERA PARA ENTREGAR SUS CONCLUSIONES.
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RECTOR TENDRÍA FACULTADES PARA MODIFICAR PROPOSICIÓN DE SANCIONES, SALVO QUE ESTAS SEAN POR MOTIVOS DE PROBIDAD, DONDE SÓLO CABE LA DESTITUCIÓN.
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ACUSACIONES AFECTARÍAN A VARIOS RESPONSABLES DE HECHOS ACAECIDOS.
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MÁS DE UN AÑO DURÓ LA ESPERA DE LAS CONCLUSIONES DE LA INVESTIGACIÓN PEDIDA POR COMISIÓN INVESTIGADORA DE CÁMARA DE DIPUTADOS.
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AL PARECER CONTRALOR ESPERÓ QUE RECTOR ASUMIERA PARA ENTREGAR SUS CONCLUSIONES.
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RECTOR TENDRÍA FACULTADES PARA MODIFICAR PROPOSICIÓN DE SANCIONES, SALVO QUE ESTAS SEAN POR MOTIVOS DE PROBIDAD, DONDE SÓLO CABE LA DESTITUCIÓN.
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ACUSACIONES AFECTARÍAN A VARIOS RESPONSABLES DE HECHOS ACAECIDOS.
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MÁS DE UN AÑO DURÓ LA ESPERA DE LAS CONCLUSIONES DE LA INVESTIGACIÓN PEDIDA POR COMISIÓN INVESTIGADORA DE CÁMARA DE DIPUTADOS.
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¿¿ Y, DESPUÉS QUÉ ??
NOTAS:
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SIMULTÁNEAMENTE CON LA NOTIFICACIÓN A RECTORÍA DEBIERON SER NOTIFICADOS LOS AFECTADOS PARA QUE PUEDAN PREPARAR SUS REPOSICIONES
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VER NORMAS DE CONTRALORÍA AL RESPECTO:
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Don Claudio, junto con saludarle cordialmente y conforme a lo conversado, adjunto remito texto de reglamento de Contraloría General sobre sumarios instruidos por ésta, como el que se informa.
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El Art. 28 del citado Reglamento dispone lo siguiente:
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"En la resolución que apruebe el sumario se propondrá a la autoridad que detente la potestad disciplinaria, las sanciones que, en definitiva, se estimen procedentes respecto de los funcionarios comprometidos, o la absolución de los mismos.
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Se dará conocimiento a cada uno de los afectados tanto del hecho de haberse dictado la resolución aludida como de lo propuesto en su caso particular".
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La resolución aprobatoria que se indica es emitida por el Contralor General de la República; ella debe ser notificada a los funcionarios afectados, sea si resultaron absueltos o merecedores de una medida disciplinaria.
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Si la mencionada resolución determina que deben aplicarse medidas disciplinarias, esto debe hacerlo el jefe del servicio al que pertenecen los inculpados (en la UTEM, el Rector), quien debe emitir la resolución correspondiente, la que debe notificarse personalmente a éstos.
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A partir de la fecha de esta notificación, se dispondrá del plazo de cinco días para deducir un recurso de reposición contra la resolución sancionatoria (no procede recurso de apelación, por lo dispuesto en el Art. 59, inc 4°, Ley N° 19.880, sobre Procedimientos Administrativos).
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Presentado ese recurso o vencido el plazo sin que se haya presentado, el Rector deberá emitir un decreto confirmando la decisión contenida en la resolución sancionatoria o modificándola; ésto, sobre la base de circunstancias calificadas y que se deben expresar en el mismo decreto.
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Este debe remitirse a la Contraloría General de la República, para su toma de razón.
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Cumplido este trámite y devuelto el decreto a la Universidad, se debe notificar a los afectados; desde este momento la sanción se hace efectiva.
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En cuanto al acceso público al sumario, dado lo dispuesto en el artículo 4° del citado Reglamento de la Contraloría es claro:
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"Artículo 4º.- Los sumarios instruidos por laContraloría General serán secretos, sin perjuicio del derecho de los inculpados que contemplan los artículos19º y 26º de este reglamento.
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Sin embargo, perderán tal calidad, una vez que se comunique a la autoridad respectiva la resolución de este Organismo Contralor, que aprueba sus conclusiones y formula las proposiciones pertinentes : "La resolución que se indica, es precisamente la señalada en el artículo 28 del Reglamento, ya mencionada.
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Consiguientemente, el contenido de esa resolución, al menos, puede ser conocido.
Atte.
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20 comentarios:
DE LA COLUMNA LATERAL
"La fidelidad que ha sido comprada con dinero puede ser vencida por el dinero."
DESPUÉS LA CARCEL
DE UNA VEZ POR TODAS HAGASE JUSTICIA
Luego que se ejecuten las sentencias por parte del Rector todos tendremos acceso a esa información y podremos actuar en consecuencia como comunidad.
De los seis cargos nombrados, uno es mujer... y unos cinco son masones.
¿Quién manda aquí?
NOTA EDITOR: Lo que nunca ha estado en cuestión es el don de mando de Luis Pinto.
Sr. Vila:
¿qué hay de cierto de que el secretario General continua?
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Nota editor: En estos momentos todo es posible. El Secretario general debe ser un funcionario de la confianza de la Comunidad universitaria y, por tanto del rector y del Consejo Superior.
Cuando sea el momento, se verá cuales serán las nuevas alianzas que se formarán en la UTEM.
¿El Secretario actual es de confianza de la comunidad??
Cada día me desiluciono más de las autoridades designadas.
Lamentable, pense que había esperanza.
Academico FAE
NOTA EDITOR: Don Patricio Bastías fue designado en el cargo por la Sra. Rectora (S) y aprobado por los ex Consejeros Superiores de la Confianza de Avendaño.
Al igual que muchos de los que participaron de la rectoría (s), como funcionarios, e incluso como miembros de su candidatura rectorial, el colega Bastías han contribuido en gran medida a salir de la primera parte de este largo camino de transición a una verdadera democracia universitaria.
Indudablemente, el nuevo Consejo Superior deberá evaluar quien es el que representa mejor las inquietudes y tareas de esta nueva etapa y da garantías de ecuanimidad a todos los sectores de nuestra comunidad.
A estre respecto, dada la naturaleza técnica jurídica de este cargo, posiblemente sería conveniente llamarlo a concurso interno y externo de acuerdo a un perfil de características que deberían ser concordadas en el Consejo Superior.
CVC
Todos los que metieron las manos se tienen que ir. Eso lo tiene que tener muy claro el Sr. Pinto, de lo contrario es muy difícil que puedA GOBERNAR LA UNIVERSIDAD EN BUENA FORMA.
Todos saben que el Sr. Bastías era muy cercano al ex rector.
Algo raro hay
La pregunta de fondo que hay que hacerse es:
¿Ha sido eficiente el desempeño del actual Secretario General?
Para saberlo, muy simple:
¿Están ya disponibles las actas del Consejo Académico y Consejo Superior?
Cuando hablamos de actas, deben ser actas, no "listados de acuerdos".
¿Cómo queda la responsabilidad de los consejeros que no paticiparon de esos acuerdos?
No por nada al Sr. Bastías se le vió muy cercano a Rivera Nolf..."dime con quien andas..."
¿Por qué se han hecho tantas reuniones secretas en torno al famoso sumario, jefaturas de la Contraloría Interna incluidas?
¿Por qué tanto misterio?
Señor Cuenca,haga una de sus indagaciones. Si ya lo hizo en la Contraloría General, ¿por qué ahora no?
Si el sumario arroja irregularidades, es porque la función de control no hizo su trabajo.
Por eso, la Contraloría Interna requiere cambios profundos, no maquillajes.
La UTEM para salvarse demanda profesionalismo, no servilismo ni oportunismo.
¡Pero si el actual Contralor Interno (S), fue asesor del Sr. Rivera Nolf, contratado por éste, y está ligado al estudio jurídico de Correa Bulo!
¿Así mejoraremos?
Infórmense mejor antes de referirse tan ligeramente al Contralor. Tiene él una trayectoria impecable, una vasta experiencia en la Contralorìa General, es todo un caballero....así que no enloden gratuitamente a quien no conocen. ¿Le gustaría que hicieran lo mismo con usted?
El problema de la Contraloría interna no es la calidad personal del que ejerce el cargo.
Sin duda el actual Contralor (s) es una persona idónea, pero este cargo es de la confianza de la comunidad universitaria y del rector, lo que se expresa en la decisión que deberá adoptar el actual Consejo Superior.
De lo que no cabe duda es que el Contralor no puede depender del rector pues pierde toda autonomía y capacidad para ejercer el control al más alto nivel, como quedó demostrado cuando el ex rector sacó a la ex contralora Isabel Mercadal y puso con la complicidad del Consejo Superior de esa época a una persona de su confianza.
Eso no volverá a pasar pues el actual Consejo tiene una composición diferente (salvo Patricio Olivares y Liliana Anduaga) y los Consejeros de Gobierno no podrán cometer los mismos errores de antaño con la experiencia adquirida.
C. VILA C.
Quien defiende al actual Contralor Interno debiera informarse primero cómo llegó a la UTEM y quien lo trajo (tal vez lo sabe y aún así lo defiende).
Después, qué rol cumplió en la regularización de las jerarquías académicas y en la reforma electoral impulsada por el actual Consejo Superior.
La honorabilidad se refleja en actos, no en la vestimenta ni en los modales.
Lamento señor o señora comentarista si mis palabras le molestaron, quizás porque la persona aludida es o ha sido su amigo por mucho años, pero ya es tiempo que lo piense dos veces antes de volver a recomendar a alguién para un cargo, por muy conveniente que sea para usted.
El problema principal del Sr. Contralor (S) es la forma en que llegó.
Traído por una rectora (S), que asumió la rectoría de la peor forma de manos de un Consejo Superior desprestigiado y de un rector rechazado por todos que confiaba en ella.
En segundo lugar, ejerció en calidad subrogante dependiendo de la rectoría sin poder ejercer su rol con la profundidad necesaria.
En tercer lugar, lo afecta su vínculo con el mismo estudio jurídico que proveyó a algunos de los abogados que acompañaron a la rectoría (S).
En cuarto lugar, lo afecta la absurda candidatura a la rectoría de la rectora (S) quien debió salir del cargo con honor y gloria, pero se embarcó con su equipo en una aventura que lesionó la naturaleza de la subrogancia, arrastrando a todo su equipo en ese proyecto anti ético.
María Isabel Mercadal es la Contralora Interna que la UTEM necesita y punto.Ella, a cargo de una Contraloría Interna de verdad eficiente y efectiva, haría que las cosas cambiarán para mejor.
¿Cómo es posible que con mucho menos personal, bajo la Sra. Mercadal esa unidad sí gozaba del respeto y confianza de la Universidad?
Los cambios de verdad son los cualitativos, no los cuantitativos
Si bien es cierto que el Contralor Interno (S) llegó con la ex rectora, pocos saben que él estuvo fuera de U a fines de enero.
Volvió después de la desaparición de Rivera.
Su paso por la Contraloría Gral. se nota y por eso muchos piensan que le llevó el amén a su jefe.
Siguiendo con un análisis simplista, cualquiera podría decir que Juan Negroni no sirve porque lo puso la ex rectora y sin embargo nadie niega que fue una excelente elección.
NOTA: La función del contralor interno es la Controlar a las autoridades y esa función sólo la puede cumplir quien no depende de la persona a controlar.
En cambio la labor de Vicerrector es de colaboración.
Sería bueno que los Consejeros Superiores se pronunciaren acerca del desempeño del Contralor Interno (S), que llegó a la UTEM como asesor de la ex rectora subrogante.
Junto con él llegaron otros asesores jurídicos -nunca antes se vio algo así en la UTEM-,
-Desempeño judicial deficiente; los únicos logros que se exhibieron fueron el fruto de lo realizado por los profesionales del área que les antecedieron, ejemplo: recurso de queja ganado en la Corte Suprema y variados juicios cuyo resultado no convenía divulgar para que no se notara tanto la diferencia entre antes y después.
-Incumplimiento de las tareas encomendadas por el Consejo Superior y el Consejo Académico en varias de sus sesiones, ejemplo: modificación de la reglamentación electoral, carrera académica, jerarquizaciones académicas (que fue el logro del empuje del Consejo Superior, del Consejo Académico y la Asociación de Académicos).
-Detección y sancionamiento de supuestas irregularidades cometidas en períodos anteriores; más de 35 sumarios se instruyeron, la mayoría inconclusos y el resto misteriosamente sobreseidos.
En ese contexto llegó el actual Contralor Interno (S).
Muchos quisieramos saber el rol que le ha tocado en cuanto a:
-Aplicación de la Ley de Transparencia
¿Se han emitido los instructivos necesarios para ello?
-Sujeción de los procesos de contratación a Chilecompras; la Ley de Probidad Administrativa es clara al respecto, no hacerlo constituye falta a esa probidad.
-Observancia de la Ley de Procedimientos Administrativos ¿Se aplica en la UTEM?
-Control financiero contable sobre los ingresos y egresos de la institución, incluida EDUTEM y el CFT UTEM
¿El Consejo Superior qué sabe al respecto?
-Auditorías al sistema ACUARIO, Sede San Fernando, Proyectos Mecesup, Liceos, etc.
¿El Consejo Superior cuenta con información al día al respecto para tomar las decisiones del caso?
-Cumplimiento de la Ley 20044, en cuanto a los estados financieros.
Hechos, no palabras; profesionalismos,no amiguismo ni compadrazgo; valoración objetiva de competencias, no actitudes caprichosas de madrinas y padrinos.
La UTEM puede revertir su crisis en la medida que cuente con el recurso humano y profesional idoneo, lo demás es engañarse y perder el tiempo, lujo que no podemos darnos.
¿Y donde quedó el proyectito de Chimbarongo en la fiscalización de la Contraloría Interna?
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