.
Se ha dirigido a esta Contraloría General XXXXX de
Lo anterior, por cuanto alega que en su presentación anterior manifestó que la licencia fue extendida por stress, somatización, fibromialgia, depresión y fobia, lo que acreditó con el certificado otorgado por su facultativo tratante, documento que no fue considerado por esta Entidad Fiscalizadora al emitir el oficio N° 14.686, del presente año, acompañando en esta oportunidad, fotocopia de la resolución N° 23.578, de 2010, de
Sobre el particular, cabe señalar que este Órgano de Control ha resuelto de manera invariable en sus dictámenes N°s. 9.119, de 2008, 30.312 y 48.704, ambos de 2009, entre otros, que las licencias médicas, incluidas aquellas generadas por enfermedades laborales, no confieren inamovilidad en el empleo, por lo que resulta procedente poner término a la relación laboral por cualquier causa legal contemplada en el Estatuto Administrativo, aun cuando los funcionarios se encuentren haciendo uso de tales permisos médicos.
Por consiguiente, se ajustó a derecho la petición de renuncia no voluntaria efectuada a la recurrente por su empleador, aun cuando servía un cargo de exclusiva confianza y se encontraba haciendo uso de licencia médica.
Ramiro Mendoza Zúñiga
CONTRALOR GENERAL DE
1 comentario:
¿De quien habrá sentido fobia la reclamante?
Lo averiguaremos.
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