. N° 8.495 Fecha: 15-II-2010
Esta Entidad Fiscalizadora ha debido abstenerse de tomar razón del decreto N° 68, de 201, de la UTEM, que aplica, al término del respectivo proceso sumarial, la medida disciplinaria de destitución a don Sergio Hernán Gallardo Espinoza, por no encontrarse ajustado a derecho.
En efecto, de conformidad con lo previsto en el artículo 156, inciso primero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, y las instrucciones impartidas al efecto por el oficio N° 48.097, de 2009, de este Ente Contralor, las sanciones expulsivas a que están sujetos los funcionarios públicos no pueden decretarse -salvo que el sumario haya sido instruido por este Organismo de Fiscalización-, desde treinta días antes y hasta sesenta días después de la elección del Presidente de la República.
Pues bien, dicho plazo empezó a regir, según los aludidos lineamientos, el día 13 de noviembre de 2009, término al cual no se ha dado cumplimiento en la especie, atendido que se ha procedido a imponer la destitución con fecha 3 de febrero de 2010, esto es, dentro del lapso antes señalado.
En consecuencia, se devuelve sin tramitar el decreto N° 68, de 2010, de la Universidad Tecnológica Metropolitana, y las piezas sumariales adjuntas, a fin de que una vez extinguido el plazo, de prohibición indicado, se dicte el instrumento que sancione al inculpado.
Ramiro Mendoza Zúñiga
Contralor General de la República
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NOTA EDITOR: El Sr. S. Gallardo fue Vicerrector Académico durante el periodo 1990-1994, Miembro de la Junta Directiva del IPS designado por el Rector Designado de la època, Decano de la Facultad de Humanidades de la UTEM y Director del Departamento de Humanidades durante el periodo de implementación de las Carrera de Criminalística y de las Pedagogías.
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También, el Sr. Gallardo fue candidato a Rector del IPS y posteriormente de la UTEM.
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Bajo su Directa dependencia se contrató al Sr. M. Mimica ex Director-Fundador de Criminalística.
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Una vez finalizado el proceso Sumarial, este Blog publicará un extracto del respectivo Sumario y del Decreto debidamente tramitado.
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Esta Entidad Fiscalizadora ha debido abstenerse de tomar razón del decreto N° 68, de 201, de la UTEM, que aplica, al término del respectivo proceso sumarial, la medida disciplinaria de destitución a don Sergio Hernán Gallardo Espinoza, por no encontrarse ajustado a derecho.
En efecto, de conformidad con lo previsto en el artículo 156, inciso primero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, y las instrucciones impartidas al efecto por el oficio N° 48.097, de 2009, de este Ente Contralor, las sanciones expulsivas a que están sujetos los funcionarios públicos no pueden decretarse -salvo que el sumario haya sido instruido por este Organismo de Fiscalización-, desde treinta días antes y hasta sesenta días después de la elección del Presidente de la República.
Pues bien, dicho plazo empezó a regir, según los aludidos lineamientos, el día 13 de noviembre de 2009, término al cual no se ha dado cumplimiento en la especie, atendido que se ha procedido a imponer la destitución con fecha 3 de febrero de 2010, esto es, dentro del lapso antes señalado.
En consecuencia, se devuelve sin tramitar el decreto N° 68, de 2010, de la Universidad Tecnológica Metropolitana, y las piezas sumariales adjuntas, a fin de que una vez extinguido el plazo, de prohibición indicado, se dicte el instrumento que sancione al inculpado.
Ramiro Mendoza Zúñiga
Contralor General de la República
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NOTA EDITOR: El Sr. S. Gallardo fue Vicerrector Académico durante el periodo 1990-1994, Miembro de la Junta Directiva del IPS designado por el Rector Designado de la època, Decano de la Facultad de Humanidades de la UTEM y Director del Departamento de Humanidades durante el periodo de implementación de las Carrera de Criminalística y de las Pedagogías.
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También, el Sr. Gallardo fue candidato a Rector del IPS y posteriormente de la UTEM.
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Bajo su Directa dependencia se contrató al Sr. M. Mimica ex Director-Fundador de Criminalística.
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Una vez finalizado el proceso Sumarial, este Blog publicará un extracto del respectivo Sumario y del Decreto debidamente tramitado.
1 comentario:
QUE CASTIGEN A LOS QUE FOMENTARON O DE ALGUNA FORMA INTRODUJERON A GENTE QUE SE ENRIQUECIO A COSTA DE LA UTEM.
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