lunes, 15 de junio de 2009

PRESENTADA QUEJA A LA CORTE SUPREMA POR QUEJA EN CONTRA DE LA CORTE DE APELACIONES POR FALTAS Y ABUSOS DIVERSOS

DOCUMENTO JURÍDICO DE 40 PÁGINAS DA ALGUNAS ESPERANZAS RESPECTO A FALLO DE CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA.
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(documento de 40 páginas fue ingresado en la Corte Suprema el 01/06/09)
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(INTERESADOS PUEDEN SOLICITARLO DIRECTAMENTE EN DIRECCIÓN JURÍDICA)
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NOTA EDITOR: Hace algunas semanas se conoció el fallo de la Corte de Apelaciones de Rancagua, que sentencia a la UTEM a pagar sobre 400 millones de pesos en indemnizaciones a los 47 alumnos que estudiaban esa carrera en la sede de San Fernando, especialmente por el daño moral que se desprende de estudiar una carrera que de acuerdo al Tribunal tendría una escasa empleabilidad formal y acorde con las expectativas que se forjaron en la promoción de esos estudios por parte de la Sociedad administradora de la carrera.
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Frente a ese panorama legal, no apelable dado el procedimiento seguido en la reclamación, la UTEM optó por impugnar a los Jueces de la Corte de Apelaciones, mediante un Recurso de Queja ante la Corte Suprema, con la esperanza de detener el cumplimiento del fallo que superó todas las estimaciones realizadas del costo de dicha indemnización (aprox. 10 millones de pesos por alumno reclamante).
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Este procedimiento de impugnación, establecido en la juriprudencia, es una débil esperanza de las actuales autoridades, que permitiría evitar el colapso financiero que eso implicaría si se aplicara a los miles de alumnos que pasaron por esa escuela.
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Sin duda, la evaluación del peso argumental de un Recurso como este, es materia de un abogado especialista en estos temas, pues el lego sólo puede observar una enorme exposición de hechos y argumentos que en una asamblea pública podrían parecer convincentes, pero a la hora de las verdades jurídicas, pueden caer bruscamente contr impugnadas por la parte reclamante.
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Demás está señalar que el costo de estas defensas es muy alto y proporcional al peso de los abogados litigantes, los que por la parte demandante se financian con el producto de las indemnizaciones y por parte de la demandada debe financiarse con cargo a nuestro presupuesto y personal jurídico contratado.
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OBSERVACIÓN RECIBIDA DE ASESOR LEGAL
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Sería bueno conocer algunos pormenores de la defensa jurídica que tuvo la Universidad en segunda instancia. Todavía no queda claro si a esa instancia se llegó por una apelación de la UTEM o de los demandantes.
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Saber ésto, quizás, podría ayudar a comprender lo sucedido y mensurar las probabilidades de éxito que el recurso de queja, mencionado en el titular, puede tener en la Corte Suprema.
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Cabe señalar que este tipo de recursos apunta a la falta o abuso en que el sentenciador pudo incurrir al emitir su fallo.
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Si no se lográ establecer y fundar ese requisito, el recurso de queja, de carácter eminentemente disciplinario - sólo excepcionalmente se traduce en una revocación del fallo .
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En caso contrario, no tendrá resultado positivo.
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NUEVA INFORMACIÓN JURÍDICA
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Estimado don Claudio,
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Revisé el recurso y, lamento decírselo, pero primero debe pasar el examen de admisibilidad, el que debe ser muy pronto -hay que hacerle seguimiento en www.poderjudicial.cl, de acuerdo al rol de ingreso de la Corte Suprema.
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NOTA: Los editores no emiten opinión en materias jurídicas, sólo constatan que existen diversas apreciaciones y que al final el Tribunal Supremo deberá dirimir
de acuerdo a alguna de las argumentaciones expuestas, debiendo sólo estar atentos al desarollo de los acontecimientos, debido a la imposibilidad técnica y práctica de hacerse parte del proceso.

2 comentarios:

Claudio Vila Ceppi dijo...

Profesor Vila:

¿Podría desarrollar más el artículo para poder entender bien de que se trata?

Muchas gracias.

Gustavo Canales dijo...

Esto es lo que sembró el señor Avendaño (que se pasea muy feliz por rectoría) y su sequito de cooperadores, lamentablemente ahora solo quedar pagar…los estudiantes fueron engañados esa es la verdad.