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POR PUBLICIDAD ENGAÑOSA CORTE SUPREMA RATIFICA
POR PUBLICIDAD ENGAÑOSA CORTE SUPREMA RATIFICA
FALLO DE CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO
.http://www.emol.com/noticias/nacional/detalle/detallenoticias.asp?idnoticia=375269
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Suprema multó a Instituto Santo Tomás por publicidad engañosa en CriminalísticaLa Corporación Santo Tomás deberá pagar 50 UTM en beneficio fiscal y $500.000 a cada uno de los 62 estudiantes afectados, por ofrecer una carrera sin el campo laboral prometido.El Mercurio Online Miércoles 9 de Septiembre de 2009 11:25 SANTIAGO.-
Suprema multó a Instituto Santo Tomás por publicidad engañosa en CriminalísticaLa Corporación Santo Tomás deberá pagar 50 UTM en beneficio fiscal y $500.000 a cada uno de los 62 estudiantes afectados, por ofrecer una carrera sin el campo laboral prometido.El Mercurio Online Miércoles 9 de Septiembre de 2009 11:25 SANTIAGO.-
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La Corte Suprema ordenó a la Corporación Santo Tomás cancelar una multa a beneficio fiscal e indemnizaciones a los estudiantes por publicidad engañosa en la carrera de perito forense.
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En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Luis Bates– ratificó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que había acogido la denuncia por infracción a la Ley del Consumidor en contra de la sede local del Instituto Santo Tomás.
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La resolución sostiene que existió publicidad engañosa por parte del instituto al ofrecer una carrera sin el campo laboral ofertado.Por este motivo, condena a la entidad sostenedora a pagar 50 UTM ($1.832.250) en beneficio fiscal y $500.000 a cada uno de los 62 demandantes afectados, como indemnización por daño moral.
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De acuerdo al fallo, la publicidad "contiene un claro elemento inductivo a error, a tener cierto lo que no es en la contratación de servicios: La existencia de fuentes laborales en el ámbito de la nueva justicia penal lo que, según ha quedado demostrado, no es del todo efectivo".
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"De otro modo dicho, se llevó adelante la publicidad reprochada sin haber realizado estudios, investigaciones o consultas previas de factibilidad o de mercado que permitiesen a la Corporación demandada probar la veracidad de la información contenida en la publicidad de los servicios ofrecidos".
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La decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Ballesteros, quien era partidario de no aplicar la Ley del Consumidor para este caso dado que se trata de una acción colectiva que se tramitan en los tribunales civiles; y con la opinión contraria del ministro Dolmestch quien fue partidario de mantener el fallo de primera instancia que había rechazado la acción. (LA SEGUNDA)
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NOTA EDITOR 1.- HARTO MENOS QUE LA CORTE DE RANCAGUA QUE FIJÓ UNA INDEMNIZACIÓN DE CASI DIEZ MILLONES POR PERSONA EN PROMEDIO.
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NOTA EDITOR 2.- EN CASO DE PRIMAR EL CRITERIO DE RANCAGUA Y APLICARSE A LOS CASI 9000 ALUMNOS QUE PASARON POR LA CARRERA DE CRIMINALÍSTICA EN LAS DIFERENTES SEDES, SE ESTARÍA HABLANDO DE 90.000 MILLONES DE INDEMNIZACIÓN, EQUIVALENTES A CUATRO PRESUPUESTOS ANUALES DE LA UTEM. (En el momento cúspide de la carrera, el año 2006, cuando se realizaron ls primeras dnuncias en la Cámara de Diputados, se llegó a la cifra de 6000 alumnos estudiando dicha carrera).
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NOTA EDITOR 3.- D ecuerdo a nuestros antecedentes personas vinculadas al creador de la carrera en la UTEM habrían vendido los planes y programas de esa carrera a la U. Santo Tomás, y tal como dijo el sr. Prorector de dicho plantel al responder las denuncias de sus estudiantes en la sesión de la Cámara, ellos la habrían abierto porque una universidad del Estado la tenía y contaba con el consentimiento de los tres Consejeros Presidenciales.
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NOTA EDITOR 4.- ESTE MISMO TRIBUNAL DEBERÁ FALLAR EL RECURSO DE QUEJA DE LA UTEM
7 comentarios:
Para apreciar la diferencia entre lo resuelto por la Corte Suprema en relación a la Universidad Santo Tomás y lo sucedido con la Corte de Rancagua, sería bueno que la Dirección Jurídica de la UTEM difundiera el fallo que el tribunal de San Fernando dictó y que la Corte de Rancagua modificó sustancialmente, en perjuicio de nuestra Universidad
Que la publicidad sea engañosa es grave y que, el ofrecer un sueldo y no pagarlo es peor.
La universidad santo tomás no le debe un centavo a nadie.
Preparemonos...eso es lo que nos espera.
Deberemos pagar por una carrera creada y explotada por cplegas que todavia caminan por la U como si nada
Ahora sí que hacemos agua ...por todas partes.
NOTA: A esta altura el problema no es si hacemos agua, sino que cuánta agua.
Si fuera poca como en el fallo de la Santo Tomás, tendríamos esperanzas. Pero si se falla con el criterio de Rancagua, nos veremos enfrentados a un aluvión.
Los responsables en la UTEM son ..., ... y ..., ellos deben pagar porque ellos tienen la plata. Son miles de millones de dólares.
Claudio
El que vendió la carrera en la Santo Tomas fue el mismo que se la vendió a la UTEM.
Y quien hizo la vista gorda, muy amiga del Decano de Humanidades, hoy se postula a ¡un Tribunal de Honor!
¡No hay vergüenza!
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