.
EL PRÓXIMO VIERNES TRES DE ABRIL DEBERÁ REALIZARSE UN NUEVO SORTEO DE TRICEL DURANTE LA SEGUNDA PARTE DE LA SESIÓN CONVOCADA PARA ESE DÍA.
.
PREVIAMENTE EL CONSEJO DEBERÁ APROBAR EL NUEVO REGLAMENTO MODIFICADO DE ACUERDO CON LO REDACTADO EN CONSEJO ANTERIOR.
.
A CONTINUACIÓN LA SRA. RECTORA (s), HAYDÉE GUTIERREZ VILCHEZ FIRMARÁ LA RESOLUCIÓN EXENTA QUE LEGALIZARÁ DICHO ACUERDO.
.
HABIÉNDOSE FORMALIZADO LA MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO, EL CONSEJO DEBERÁ SORTEAR ALEATOREAMENTE EL TRICEL EN PRESENCIA DE LOS CONSEJEROS.
.
ESTE TRICEL DEBERÁ CONSTITUIRSE EN UN PLAZO DE 48 HORAS Y SOLICITAR A RRHH EL PADRÓN ELECTORAL VIGENTE, DE ACUERDO AL REGLAMENTO DE ELECCIONES MODIFICADO.
.
(ESTE NO DEBIERA DIFERIR DEL UTILIZADO PARA EL SORTEO DE TRICEL, EL QUE DEBERÁ SER PROPORCIONADO CON ANTELACIÓN POR EL SR. PATRICIO BASTÍAS, SECRETARIO DEL CONSEJO).
.
PARA EVITAR PROBLEMAS COMO LOS OCURRIDOS EN ELECCIÓN ANTERIOR SE HA SOLICITADO LA ENTREGA ANTICIPADA DE LA NÓMINA DE ELECTORES PARA REVISARLA EXHAUSTIVAMENTE ANTES DEL SORTEO. (CABE ESPERAR QUE LAS CONTRATACIONES QUE ESTABAN PENDIENTES PARA ESTE PRIMER SEMESTRE YA HAYAN SIDO PROCESADAS POR LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA A FIN DE EVITARLE PROBLEMAS A LOS ELECTORES. EN CASO DE DUDAS POR LA CANTIDAD DE HORAS ASIGNADAS A UN PROFESOR JP, DEBIDO AL PROBLEMA DE LOS CURSOS PENDIENTES DE LOS "AGREGA Y ELIMINA", ES PREFERIBLE CURSAR LOS CONTRATOS POR EL MÍNIMO Y DESPUÉS REALIZAR LOS AJUSTES NECESARIOS, TAL COMO SE HA HECHO EN EL PASADO).
.
UNA VEZ CONSTITUIDO EL TRICEL, ESTE DEBERÁ DISTRIBUIR LAS RESPONSABILIDADES EN UN PRESIDENTE, UN VICEPRESIDENTE, UN SECRETARIO Y VOCALES, ADQUIRIENDO AUTONOMÍA PLENA PARA LLEVAR ADELANTE EL PROCESO DE ACUERDO A LAS NORMAS Y PLAZOS FIJADOS POR EL REGLAMENTO.
.
ESTE PROCESO DEBIERA TOMAR APRÓXIMADAMENTE DOS MESES, AL CABO DEL CUÁL DEBERÁ CONSTITUIRSE EL CONSEJO SUPERIOR PARA CONFECCIONAR LA TERNA QUE SE LE PRESENTARÁ A LA SRA. PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, QUIEN NO TIENE PLAZO PARA RESOLVER.
.
ADOPTADA LA DECISIÓN PRESIDENCIAL, EL GOBIERNO DEBE DICTAR UN DECRETO CON TOMA DE RAZÓN EN CONTRALORÍA GENERAL, EL QUE SUELE INDICAR LA FECHA DE ASUNCIÓN DEL NUEVO RECTOR AL MOMENTO DE LA FIRMA DEL DECRETO.
.
OBVIAMENTE, LA RESPONSABILIDAD DEL TRICEL ANTE LA COMUNIDAD ACADÉMICA SERÁ INMENSA, PUES DE LA EFICIENCIA Y CORRECCIÓN DEL PROCESO DEPENDERÁ EN PARTE IMPORTANTE LA LEGITIMIDAD DE LA AUTORIDAD ELECTA; Y LA AUSENCIA DE RECLAMOS FACILITARÁ LA LABOR DEL CONSEJO SUPERIOR Y LA DECISIÓN FINAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.
No hay comentarios:
Publicar un comentario