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POR PRIMERA VEZ EN LA HISTORIA DE LA UTEM UN HECHO ACADÉMICO DE LA COMPETENCIA DE LA DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN ACADÉMICA (VRAC) ES TRASPASADO A LA DIVISIÓN DE AUDITORÍA DE LA CONTRALORÍA INTERNA EN UNA SUERTE DE INVESTIGACIÓN SUMARIA PARA EVALUAR LA PROGRAMACIÓN ACADÉMICA DEL SEGUNDO SEMESTRE DEL 2009 Y EL CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA ACADÉMICA APROBADA POR EL CONSEJO ACADÉMICO EL AÑO 2007. (AMBAS RECIENTEMENTE PUBLICADAS EN ESTE BLOG).
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Aunque se dijo que habían sido citados en forma aleatoria, se pudo observar que prácticamente todos los colegas de la FAE que aparecen con menos de 20 horas de docencia en la Programación validada por la DEA participaron en el desfile a partir de las 9:30 de la mañana del día Jueves.
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La citación tuvo como objetivo formal llenar un cuestionario para reconocer en un primer item la carga académica efectivamente realizada y explicar a continuación el déficit registrado respecto de las 20 horas establecidas por la política académica del 2007.
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Considerando que la responsabilidad de la distribución de la carga académica es de los Directores de Departamento, en primera instancia, y de los Decanos y de la VRAC en segunda y tercera instancias, llamó la atención que la citación no hubiera estado dirigida a estas autoridades intermedias para que explicaran las asignaciones realizadas.
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Los motivos para no tener asignadas las 20 horas de docencia al margen de las descargas autorizadas por un reglamento complementario que atiende la situación de los colegas que ocupan cargos administrativo-docentes y algunas otras excepciones como los doctorados vigentes son muchas y de diversa consideración.
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Entre otras, está la política de los Directores de Escuela de solicitar informalmente a los Directores de Departamento que no les asignen determinados profesores para no tener problemas con los alumnos, y que ha estado consagrada en la práctica de la UTEM y avalada históricamente por todos los Vicerrectores Académicos, que autorizaron las cargas 'cero' permanenentes para algunos académicos de planta.
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Otro factor que incide significativamente, es la variabilidad de la demanda de cursos de un semestre a otro, desequilibrando especialmente a quienes tienen una especialidad enfocada a unas pocas carreras, obligando en algunos casos a asignar con poco criterio académico horas de otra especialidad para tratar de cumplir con la norma aritmética establecida con carácter genérico. (Talvez, el Consejo Académico que formuló dicha política supuso que sería administrada acorde al buen criterio académico de los Directores de Departamento y Decanos y no con criterio de ecónomo).
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Un tercer factor, es la falta total de coordinación de las escuelas para solicitar los cursos en horarios inflexibles, generando la imposibilidad de que un profesor pueda atender dos cursos de su especialidad en el mismo horario. (Los cursos se solicitan en paralelo con la inscripción de las asignaturas por parte de los alumnos, lo que impide modificar los horarios sin producirles topones horarios a los estudiantes ya inscritos.
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Un cuarto factor apunta a la no realización de actividades programados por la no respuesta oportuna a los requerimientos de las unidades que las solicitan, impidiendo a posteriori su ejecución.
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Probablemente se escape de este análisis algún otro factor de ocurrencia menos frecuente o no considerado explícitamente por la Reglamentación por razones 'que de tan obvias' no fueron debidamente apreciadas por los que dictaron las normativas.
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La citación tuvo como objetivo formal llenar un cuestionario para reconocer en un primer item la carga académica efectivamente realizada y explicar a continuación el déficit registrado respecto de las 20 horas establecidas por la política académica del 2007.
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Considerando que la responsabilidad de la distribución de la carga académica es de los Directores de Departamento, en primera instancia, y de los Decanos y de la VRAC en segunda y tercera instancias, llamó la atención que la citación no hubiera estado dirigida a estas autoridades intermedias para que explicaran las asignaciones realizadas.
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Los motivos para no tener asignadas las 20 horas de docencia al margen de las descargas autorizadas por un reglamento complementario que atiende la situación de los colegas que ocupan cargos administrativo-docentes y algunas otras excepciones como los doctorados vigentes son muchas y de diversa consideración.
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Entre otras, está la política de los Directores de Escuela de solicitar informalmente a los Directores de Departamento que no les asignen determinados profesores para no tener problemas con los alumnos, y que ha estado consagrada en la práctica de la UTEM y avalada históricamente por todos los Vicerrectores Académicos, que autorizaron las cargas 'cero' permanenentes para algunos académicos de planta.
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Otro factor que incide significativamente, es la variabilidad de la demanda de cursos de un semestre a otro, desequilibrando especialmente a quienes tienen una especialidad enfocada a unas pocas carreras, obligando en algunos casos a asignar con poco criterio académico horas de otra especialidad para tratar de cumplir con la norma aritmética establecida con carácter genérico. (Talvez, el Consejo Académico que formuló dicha política supuso que sería administrada acorde al buen criterio académico de los Directores de Departamento y Decanos y no con criterio de ecónomo).
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Un tercer factor, es la falta total de coordinación de las escuelas para solicitar los cursos en horarios inflexibles, generando la imposibilidad de que un profesor pueda atender dos cursos de su especialidad en el mismo horario. (Los cursos se solicitan en paralelo con la inscripción de las asignaturas por parte de los alumnos, lo que impide modificar los horarios sin producirles topones horarios a los estudiantes ya inscritos.
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Un cuarto factor apunta a la no realización de actividades programados por la no respuesta oportuna a los requerimientos de las unidades que las solicitan, impidiendo a posteriori su ejecución.
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Probablemente se escape de este análisis algún otro factor de ocurrencia menos frecuente o no considerado explícitamente por la Reglamentación por razones 'que de tan obvias' no fueron debidamente apreciadas por los que dictaron las normativas.









